La Ley W.A.R.N: Despidos masivos o cierres de empresas/plantas

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¿Puede mi empresario despedirme sin previo aviso?

Tal vez. La ley WARN (Worker Adjustment and Retraining Notification) obliga a las empresas que emplean a más de 100 trabajadores a avisar por escrito a sus empleados con 60 días de antelación de un despido generalizado o del cierre de una planta, o a pagar a los empleados en caso de no avisar.

La Ley WARN exige que se avise con antelación de la pérdida del empleo para que los trabajadores tengan tiempo de buscar otro trabajo o recibir formación en otra ocupación.

¿Qué ocurre si la empresa no me notifica el despido?

Si tiene derecho a esta notificación y su empresa no se la facilita, puede que se le adeuden los salarios y prestaciones atrasados que hubiera percibido durante esos 60 días como si el despido no se hubiera producido.

¿Cómo puedo saber si he formado parte de un «despido generalizado»?

Se produce un despido generalizado en virtud de la Ley WARN cuando:

  • Se despide al menos a 50 empleados durante un período de 30 días, si los empleados despedidos constituían al menos un tercio de la plantilla.
  • Se despide a 500 empleados durante un periodo de 30 días, independientemente del tamaño de la plantilla.
  • Se cierra todo un centro de trabajo y se despide al menos a 50 trabajadores durante un periodo de 30 días.

¿Está cubierta mi empresa por la Ley WARN?

Una empresa está cubierta si emplea al menos a 100 trabajadores a tiempo completo o una combinación de al menos 100 trabajadores a tiempo parcial y a tiempo completo que trabajen un total de 4000 horas semanales (nota: se considera empleado a tiempo parcial a aquel que trabaja menos de 20 horas semanales o que ha estado contratado menos de seis meses antes de la fecha en que debería haberse emitido el preaviso).

Trabajé para mi empresa sólo un mes. ¿Todavía tengo derecho a prestaciones en virtud de la Ley WARN?

Normalmente, un trabajador cubierto tiene derecho a 60 días de preaviso (o a una paga en lugar del preaviso). Pero si ha trabajado menos de 120 días, tiene derecho a un preaviso de 60 días o la mitad del número de días que ha trabajado, lo que sea menor. En su caso, tendría derecho a 15 días de preaviso o de salario (la mitad de un mes de trabajo).

Me despidieron sin previo aviso justo antes de un día festivo en el que tenía previsto trabajar. ¿Tengo derecho al dinero extra que habría ganado?

Un trabajador cubierto tiene derecho a cualquier salario que hubiera percibido en el periodo cubierto. Por ejemplo, si gana propinas u horas extraordinarias con regularidad, es posible que su empresario tenga que compensarle también por dichas ganancias.

La paga de vacaciones también está cubierta, aunque también tendría que demostrar que habría trabajado esas vacaciones si no le hubieran despedido.

La empresa también está obligada a pagar las prestaciones de jubilación durante el periodo contemplado, así como los gastos médicos que hubieran estado cubiertos por el plan de seguro médico.

Mi empleador me recortó el salario y luego me despidió sin previo aviso. ¿Puede pagar la indemnización de la Ley WARN al tipo más bajo?

La cuantía de la ayuda se calcula en función del salario medio percibido durante los tres últimos años de empleo o del último salario percibido, lo que sea mayor. Así que, en su caso, la paga podría ser la media que ha cobrado en los últimos tres años.

Trabajaba como interino y luego me despidieron. ¿Estoy cubierto?

La Ley WARN no protege a los empleados que fueron contratados con el entendimiento de que el puesto era temporal, por lo que los trabajadores temporales generalmente no estarían cubiertos.

Mi empleador me despidió cuando trasladó el negocio a otra ciudad. ¿Tengo derecho a un preaviso o paga?

Si el despido se debe a la deslocalización de la empresa, los trabajadores no están cubiertos si el nuevo centro de trabajo se encuentra a una distancia razonable para desplazarse y la empresa ofrece a los empleados la posibilidad de trasladarse al nuevo centro. Si el centro no se encuentra a una distancia razonable para ir al trabajo y el trabajador decide trasladarse allí de todos modos, tampoco tiene derecho a preaviso ni a indemnización.

Me despidieron porque la empresa perdió inesperadamente un gran cliente. ¿Todavía tengo derecho a notificación o pago?

En determinadas condiciones, el plazo de notificación puede reducirse:

  • Si el despido se debe a una catástrofe natural.
  • Si la empresa cierra debido a circunstancias que el empresario no podía prever razonablemente con 60 días de antelación.
  • Si el empresario trataba de evitar o aplazar el despido mediante la obtención de capital, y creía que avisar habría puesto en peligro la financiación.

No obstante, el empresario sigue estando obligado a avisar con la mayor antelación posible en todas las circunstancias mencionadas.

¿Cómo reclamo a mi empresa por no haberme avisado con suficiente antelación?

La Ley WARN se aplica mediante demandas judiciales para cobrar los salarios atrasados y las sanciones cuando un empresario no avisa. Por tanto, tendrá que presentar su demanda contra su empresario ante un tribunal federal.