Para la mayoría de los trabajadores, uno debe ser considerado como empleado conforme a las leyes de California a menos que su empleador pueda contestar que “sí” a todas de las siguientes tres preguntas:
- ¿Está libre el trabajador de la dirección y control del empleado en relación con el desempeño de su trabajo?
- ¿Está haciendo el trabajador un trabajo que no es parte del negocio acostumbrado del empleador?
- ¿Se dedica normalmente el trabajador a un oficio, ocupación o negocio que es del mismo tipo que el trabajo que se desempeña?
Si la respuesta es que no a cualquiera de esas preguntas, entonces el trabajador es un empleado.
Esta prueba, llamada la prueba “ABC”, se aplica a la mayoría, aunque no a todos, los trabajadores de bajos ingresos, incluyendo los trabajadores en las siguientes industrias: aseo comercial, limpieza de casas, industrias domésticas, restaurantes, venta al menudeo o minorista y servicios de bodega. Además, la mayoría de los trabajadores deben ser clasificados como empleados conforme a esta prueba.
Algunos tipos de trabajadores necesitan aplicar una prueba diferente, llamada la prueba Borello, incluyendo los médicos, abogados y ciertos proveedores de servicios profesionales. Otros trabajadores, incluyendo los vendedores de venta directa y los peluqueros, manicuristas, cosmetólogos y esteticistas, además de ciertos subcontratistas de la industria de la construcción, posiblemente tengan que aplicar la prueba ABC o la prueba Borello, dependiendo de diferentes características de su empleo.
Ciertos trabajadores de servicios de transporte a base de aplicaciones y trabajadores de entregas son considerados como contratistas independientes conforme a la ley conocida como la Propuesta 22 (Proposition 22), aunque tienen ciertas ventajas limitadas adicionales. Para que un trabajador independiente conocido (como “gig worker”) reúna los requisitos como contratista conforme a la Propuesta 22, la compañía que contrata al trabajador debe permitir al trabajador rechazar solicitudes de transporte o entrega específicas, no debe exigir que esté un mínimo de horas en la plataforma de la compañía y debe permitir a los trabajadores prestar servicios de transporte y entrega a plataformas distintas.