Agresión emocional intencionada

Descargar esta página en PDF

¿Qué es la agresión moral intencionada?

Se produce una agresión emocional intencionada (IIED) cuando su empleador le causa graves daños emocionales intencionadamente como resultado de una conducta extrema e indignante. Entre los ejemplos de demandas por agresión emocional intencionada se incluyen los insultos raciales, la discriminación sexual, la detención ilegal y la conducta que amenaza su seguridad física (aunque no es necesario que se produzca una lesión física).

¿Puedo presentar una demanda por agresión emocional intencionada si mi empresa me despide?

No. El despido por sí mismo, aunque sea improcedente o sin causa, no es en sí una conducta extrema e indignante.

¿Cómo puedo probar una reclamación por agresión emocional intencionada?

Para demostrar que se ha producido una IIED en el lugar de trabajo, debe demostrar todos los siguientes elementos:

  1. Conducta extrema e indignante por parte de su empleador o un representante de su empleador: la parte más difícil de esta reclamación es probar que la conducta de su empleador fue «extrema e indignante». Los tribunales de California han interpretado que esto significa una conducta que excede lo tolerable en una sociedad civilizada o que ha ido más allá de todos los límites razonables de la decencia. La conducta debe hacer que una persona media y razonable exclame: «¡eso es indignante!». La conducta escandalosa no incluye molestar, herir los sentimientos, insultar, usar un lenguaje malsonante o emplear malos modales de una forma que se espera que una persona razonable soporte. Si la conducta de su empleador viola la ley penal de California, a menudo se considera automáticamente como conducta escandalosa. La IIED también suele encontrarse en casos de discriminación ilegal y acoso sexual, pero la conducta debe cumplir el criterio de «extrema e indignante».
  2. Su empresario debe haber tenido la intención de provocarle una angustia emocional extrema, o debe haber sabido que era muy probable que se produjera tal angustia.
  3. Sufrió una angustia emocional grave o extrema: la angustia emocional «grave» es aquella que es sustancial o duradera. También se ha definido como un tipo de angustia que no se espera que soporte ninguna persona razonable. Puede consistir en cualquier reacción altamente desagradable como susto, pena, vergüenza, humillación, bochorno, ira o ansiedad. Tanto la intensidad como la duración de su angustia emocional son factores que deben tenerse en cuenta para determinar la gravedad. No es necesario que su malestar emocional haya sido tan grave que le haya impedido desenvolverse en los negocios o en las relaciones sociales.
  4. Asimismo la conducta de su empleador le causó angustia.

¿Cómo presento una demanda por IIED?

La demanda por IIED debe presentarse ante el Tribunal Superior del Estado o el de Reclamaciones de Menor Cuantía. La cuantía de «daños y perjuicios» determinará ante qué tribunal presentará la demanda. Para los casos de menor cuantía, lo mejor es acudir al Juzgado de Reclamaciones de Menor Cuantía. En el Juzgado de Reclamaciones de Menor Cuantía, no es necesario que busque un abogado, pero el monto máximo que puede recuperar es de 7500 $. La tramitación de las demandas ante el Juzgado de Reclamaciones de Menor Cuantía suele ser más rápida que ante el Tribunal Superior. La vista suele celebrarse entre 30 y 70 días tras la presentación de la demanda. Consulte el Centro de Autoayuda de los Tribunales de California para obtener más información. Muchos condados cuentan también con una Oficina de Asesoramiento Jurídico en Reclamaciones de Menor Cuantía que puede ayudarle con su reclamación.

Para casos de mayor envergadura con daños más cuantiosos, puede presentar la demanda ante un tribunal estatal, pero por lo general necesitará contratar a un abogado, que puede ser difícil de encontrar a menos que se trate de un caso especialmente importante. Si no sabe con seguridad de dónde encontrar un abogado, puede empezar por ponerse en contacto con el colegio de abogados de su localidad y pedir una recomendación. El Secretario del Tribunal Superior también puede responder a muchas dudas sobre la presentación de solicitudes ante el tribunal.

¿Debo presentar una reclamación de indemnización por accidente laboral en lugar de presentar una reclamación de IIED?

Probablemente. De hecho, muchas de las reclamaciones son «reemplazadas» por las leyes de compensación de los trabajadores, lo que significa que no puede presentar una demanda por IIED en los tribunales, sino que tiene que presentar una reclamación de compensación de los trabajadores con su empleador en su lugar. Esto se debe a que los tribunales de California consideran que muchos tipos de conducta del empresario (como criticar, degradar y despedir a los trabajadores) forman parte de la relación laboral.

Hay dos situaciones que normalmente evitarán las leyes de indemnización de los trabajadores. En primer lugar, si la conducta indignante no se produce normalmente en el lugar de trabajo (por ejemplo, su empleador le llama repetidamente a casa en mitad de la noche para reñirle) o si viola el orden público (su empleador le acosa sexualmente o le detiene ilegalmente), la conducta es independiente de las leyes de Indemnización por Accidentes Laborales. En segundo lugar, las leyes de Indemnización por Accidentes Laborales no le impedirán reclamar si ha sufrido angustia emocional como consecuencia de una agresión física/ lesión por parte de su empresario.