¿Tengo derecho a un permiso remunerado para ir a votar si tengo turno de trabajo el día de las elecciones?
Los empleados pueden disfrutar de un permiso remunerado para votar si no disponen de tiempo suficiente fuera del horario laboral para hacerlo. Los colegios electorales están abiertos de las 7:00 a. m. a las 8:00 p. m.
Puedes tomarte todo el tiempo que necesites para votar, pero solo se te pagarán un máximo de dos horas.
¿Cuándo puedo salir del trabajo para ir a votar?
Los empleadores pueden exigir que el tiempo libre se disfrute al principio o al final de tu turno, a menos que ambas partes acuerden lo contrario.
¿Tengo que avisar a mi empresa?
Las empresas pueden exigir a los empleados que avisen con antelación de que necesitarán tiempo libre para votar. Si, el tercer día laborable antes de la jornada electoral, consideras que necesitarás tiempo libre para poder votar, deberás avisar a tu empresa con al menos dos días laborables de antelación de que necesitas tiempo libre para votar.
¿Está obligado mi empleador a publicar un aviso sobre el permiso para ir a votar?
Las empresas están obligadas a publicar un aviso dirigido a los empleados sobre la posibilidad de disfrutar de un permiso remunerado para acudir a votar en las elecciones estatales.
El aviso debe colocarse en un lugar visible en el centro de trabajo o en un lugar donde los empleados puedan verlo al entrar y salir del mismo. Debe colocarse 10 días antes de cada elección estatal.
¿Puede mi empresa pedirme o exigirme que lleve mi papeleta de voto por correo al trabajo?
No, un empresario no puede pedir ni exigir a un empleado que lleve su papeleta de voto por correo al trabajo ni que la deposite allí.
¡Ve a votar!
Última actualización: abril de 2026
Fuentes
Artículos 14000, 14001 y 14004 del Código Electoral de California.