Animales de asistencia en el lugar de trabajo

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1. ¿Qué es un "animal de asistencia"?

Un "animal de asistencia" proporciona a una persona con discapacidad un apoyo que le permite acceder más plenamente a su comunidad y su lugar de trabajo.

Un animal de asistencia puede ayudar a una persona con discapacidad a realizar determinadas tareas. Algunos ejemplos de los usos de los animales de asistencia son los siguientes:

  • Para las personas con problemas de movilidad, los animales de asistencia pueden adiestrarse para tirar de sillas de ruedas, ayudar a sus dueños a sentarse, levantarse o mantener el equilibrio, recoger y transportar objetos, pulsar botones, pedir ayuda en caso de emergencia e incluso ayudar a ponerse y quitarse la ropa.
  • Los perros lazarillos pueden ayudar a las personas sordas o con problemas de audición alertándolas de un timbre de teléfono, el sonido de una alarma o alguien que les llama por su nombre.
  • Los perros de servicio psiquiátrico pueden realizar tareas como interrumpir a su dueño en medio de un comportamiento repetitivo o un ataque de pánico, recuperar la medicación en caso de emergencia o guiar a un adiestrador desorientado.
  • Los animales de servicio pueden incluso alertar a sus dueños de la inminencia de convulsiones o bajadas de azúcar, lo que da a la persona tiempo suficiente para tomar medidas preventivas o de seguridad antes de que se produzcan.

La presencia de un animal de asistencia también puede proporcionar apoyo emocional a una persona con discapacidad.

2. ¿Se permiten animales de asistencia en el lugar de trabajo?

Los animales de asistencia pueden permitirse en el lugar de trabajo cuando sirvan como adaptación razonable para un empleado con discapacidad, ya sea realizando una tarea o proporcionando apoyo emocional. Un "ajuste razonable" es una adaptación que permite a una persona desempeñar las funciones esenciales de su puesto de trabajo y/o le permite obtener las mismas prestaciones y privilegios laborales que los demás trabajadores.

Aunque los animales que sólo proporcionan apoyo emocional (es decir, que no están adiestrados para realizar tareas) no suelen estar permitidos en espacios públicos, esta misma limitación no se aplica necesariamente en el contexto laboral. Las cuestiones pertinentes que determinan si un animal de asistencia tiene acceso al lugar de trabajo son:

  • Si el empleado con discapacidad necesita el animal para adaptarse a su discapacidad;
  • Si el animal serviría como alojamiento efectivo; y
  • Si el animal está adiestrado para no perturbar el entorno de trabajo.

3. ¿Qué pasos debo dar si quiero llevar un animal de asistencia al trabajo?

Aunque un animal de asistencia puede permitirse en el lugar de trabajo como un ajuste razonable, su empleador no está obligado a permitir automáticamente el acceso del animal sin previo aviso o discusión. Usted y su empleador deben iniciar primero el "proceso interactivo", durante el cual ambas partes debaten la necesidad de adaptación y si el animal de asistencia satisface mejor esa necesidad sin causar una "dificultad excesiva" para el empleador.

Debe iniciar la conversación con su empleador en la que solicite el ajuste razonable de tener a su animal de asistencia en el lugar de trabajo. (Aunque no es obligatorio, la mejor práctica es hacer esta solicitud por escrito). Al hacer esta solicitud, debe estar preparado para explicar a su empleador lo siguiente:

  • Que tiene una discapacidad (aunque no está obligado a revelar su diagnóstico);
  • Que el animal de servicio es una adaptación efectiva para esta discapacidad; y
  • El tipo de asistencia que el animal de servicio prestaría en el lugar de trabajo (como una tarea física o la prestación de apoyo emocional).

La empresa puede pedirle documentación médica que justifique su solicitud de adaptación. Por lo general, bastará con una carta del médico que contenga los tres datos anteriores. De nuevo, no es necesario que el médico revele su diagnóstico.

4. ¿Puede un empresario exigirme documentación que demuestre que mi animal de asistencia está "certificado" o adiestrado profesionalmente?

No. Ni la ley estatal ni la federal exigen que un animal de asistencia esté adiestrado profesionalmente, y no existe ninguna "certificación" legítima que acredite a un animal como animal de asistencia conforme a la ley estatal o federal. Y aunque un animal de asistencia debe estar lo suficientemente bien adiestrado como para no ser molesto en el lugar de trabajo, es posible que su empleador no le exija una prueba de adiestramiento profesional.

No obstante, su empresario puede solicitarle un certificado médico que acredite que padece una discapacidad y que necesita el animal de asistencia como adaptación razonable a su discapacidad.

5. ¿Puede un empresario denegar mi solicitud de llevar mi animal de asistencia al trabajo?

Hay algunas situaciones en las que el empresario puede denegar su solicitud de tener un animal de asistencia en el lugar de trabajo:

  • Si ni usted ni su proveedor de asistencia sanitaria pueden demostrar que la presencia delanimal de asistencia constituirá un ajuste razonable eficaz para su discapacidad, la empresa podrá denegar la solicitud.
  • Aunque pueda demostrar que necesita una adaptación, su empresa puede denegarle la solicitud de llevar su animal de asistencia al lugar de trabajo si dispone de una adaptación alternativa igualmenteeficaz. (Sin embargo, los empresarios pueden tener un éxito limitado con este argumento, ya que en muchos casos los animales de asistencia se encuentran en una situación única para adaptarse a la persona con discapacidad realizando tareas específicas o proporcionando un apoyo que no está disponible de otro modo).
  • Llevar tu animal de asistencia al lugar de trabajo supondría una carga excesiva (una dificultad o gasto importante, teniendo en cuenta los recursos de tu empresa) para tu empresa. La defensa de la "dificultad excesiva" puede ser difícil de probar para un empresario, porque la carga debe ser significativa.

6. Mi jefe me ha denegado la solicitud de tener mi animal de asistencia en el trabajo porque un compañero es alérgico. ¿Es una razón válida para denegarla?

No necesariamente. Tu empresario tiene la responsabilidad de hacer un esfuerzo de buena fe para acomodaros tanto a ti como al empleado alérgico. Puede tomar medidas como instalar un purificador de aire o asignarle a usted y a su animal de asistencia, o a su compañero alérgico, un espacio de trabajo privado y cerrado.

7. Mi jefe dice que algunas personas de la oficina pueden tener miedo a los perros. ¿Es una razón válida para denegármelo?

No. El motivo de la denegación no puede basarse en un temor infundado de personas desconocidas.

8. Trabajo en un restaurante y mi jefe dice que no puedo tener un animal de asistencia en el trabajo porque infringiría las normas sanitarias. ¿Es esto cierto?

Depende. En general, los trabajadores de restaurantes tienen prohibido manipular animales, y los animales están prohibidos en las zonas utilizadas para la preparación de alimentos. Sin embargo, estos empleados pueden manipular animales de asistencia, siempre que se laven bien las manos después de manipular al animal. Los animales de asistencia pueden estar permitidos en zonas no destinadas a la preparación de alimentos.

9. ¿Qué hago si mi empresario se niega a permitirme llevar mi animal de asistencia al trabajo?

Si cree que su empresa le ha denegado injustamente la posibilidad de llevar su animal de asistencia al trabajo como adaptación razonable, puede tomar varias medidas.

Si su empresa tiene al menos 15 empleados, puede presentar una denuncia por discriminación en virtud de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (Americans with Disabilities Act) ante la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC) en un plazo de 300 días a partir de la negativa de su empresa. Para más información sobre cómo presentar una denuncia ante la EEOC, visite www.eeoc.gov.

Si su empresa tiene al menos cinco empleados, puede presentar una denuncia por discriminación y falta de adaptación conforme a la Ley de Igualdad de Vivienda y Empleo de California. Deberá presentar la denuncia ante el Departamento de Derechos Civiles (CRD) en un plazo de tres años a partir de la negativa de su empresa. Para más información sobre cómo presentar una denuncia ante el CRD, visite https://calcivilrights.ca.gov/.