Discriminación capilar

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¿Qué es la ley californiana Create a Respectful and Open Workplace for Natural Hair (CROWN)?

La Ley CROWN amplía las protecciones de la legislación estatal para empleados y estudiantes contra la discriminación por motivos de cabello en los centros de trabajo y escuelas de California. La ley, que entró en vigor el 1 de enero de 2020, aclara que las prohibiciones contra la discriminación racial de la Ley de Vivienda y Empleo Justos de California (FEHA) y del Código de Educación de California incluyen rasgos que históricamente se asocian con la raza, como la textura del cabello y los peinados naturales y protectores.

CROWN explica que este cambio es necesario porque muchos códigos de aseo suelen imponer ideas eurocéntricas de profesionalidad y afectan negativamente a las personas de color, especialmente a los negros.

¿Cuáles son sus derechos en virtud de la Ley CROWN?

Los empleados pueden llevar al trabajo sus peinados naturales, como mechones, retorcidos y trenzas, sin temor a represalias. Estos peinados se consideran protegidos por la ley.

¿Qué empresarios están cubiertos por esta ley?

Cualquier empresario, público o privado, que emplee a 5 o más trabajadores, EXCEPTO las organizaciones religiosas sin ánimo de lucro.

¿Qué tienen prohibido hacer estos empresarios?

Los responsables cubiertos no pueden discriminar a los empleados por la textura del cabello o por peinados «protegidos» como rastas, rizos y trenzas que se asocian históricamente con según que razas. Ejemplos de prácticas patronales que serían generalmente ilegales son:

    • Un empresario con una política que exige «pelo limpio y ordenado» pero sólo disciplina a los empleados con trenzas, rizos o rastas.
    • Una empresa que despide a alguien por llevar el pelo recogido en trenzas o se niega a ascender a personas con rastas.
    • Una política de aseo que obliga a los empleados a modificar el estado de su cabello para ajustarse a las normas de apariencia de la empresa, que implique tener que alisar o plancharse el pelo.

Los empresarios también deben detener y prevenir el acoso por razón de cabello de los empleados por parte de supervisores, compañeros de trabajo, clientes y otros terceros. Esto incluye bromas inapropiadas reiterativas o lenguaje ofensivo, amenazas, calumnias y otros actos similares.

¿Qué puede hacer si ha sufrido discriminación laboral por su cabello?

Puede presentar una denuncia ante el Departamento de Derechos Civiles (CRD) en un plazo de 3 años desde el incidente. Encontrará información detallada sobre el procedimiento de reclamación aquí. El proceso CRD puede dar lugar a que usted reciba una paga o salario perdido, se produzca un cambio en la política de la empresa y otras medidas para corregir dicha discriminación.

También puede concertar una cita para consultar a un abogado o asesor jurídico en Legal Aid at Work.Puede llamar al 415-864-8848 o visitar nuestra página de clínicas y líneas de ayuda para obtener más información: https://legalaidatwork.org/clinics-and-helplines/.

Recuerde llevar un registro de la discriminación, lo que puede incluir guardar todos los documentos, textos, correos electrónicos u otras comunicaciones escritas en un lugar seguro (por ejemplo, enviárselos a si mismo por correo electrónico) y tomar notas de quién, qué, dónde, cuándo y cómo, durante o poco después de que se produzcan los hechos o las conversaciones.

¿La Ley CROWN sólo se aplica en el lugar de trabajo?

No, las escuelas también tienen prohibido interrumpir la educación de un niño por su peinado.