Salud y seguridad en el trabajo

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¿Cómo se protegen mi salud y mi seguridad en el trabajo?

Todos los empleados no federales de California tienen derecho a un entorno de trabajo seguro y saludable en virtud de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de California (Cal/OSHA) (Los empleados federales están cubiertos por la OSHA federal). Esta ley garantiza su derecho a un lugar de trabajo seguro y saludable y exige que los empresarios asuman la responsabilidad de garantizar su seguridad en el trabajo.

¿Cuáles son mis derechos específicos en materia de salud y seguridad en el trabajo?

Su empresario tiene la obligación de adoptar medidas para garantizar su seguridad y salud, y a proporcionarle formación y protección suficientes para realizar su trabajo con seguridad. Según la ley, sus derechos incluyen:

  • Derecho a recibir una formación adecuada por parte del empresario sobre seguridad en el trabajo.
  • Derecho a recibir advertencias sobre los materiales peligrosos a los que se expone.
  • Derecho a recibir equipos de protección si trabaja con materiales peligrosos o contaminados.
  • Derecho a solicitar de forma confidencial una inspección de su lugar de trabajo por parte de la División de Seguridad y Salud en el Trabajo en caso de infracción de las normas de seguridad y salud.
  • Derecho a presentar una denuncia confidencial ante la División de Seguridad y Salud en el Trabajo si observa o sospecha que existe un problema de seguridad o salud en su lugar de trabajo.
  • Derecho a rechazar un trabajo que infrinja las normas legales de seguridad o salud. Si está pensando en ejercer este derecho, consulte a un abogado para asegurarse de que estará legalmente protegido.

Su empresa no puede tomar represalias contra usted (por ejemplo, degradarle o despedirle) por sus quejas formales o informales sobre la seguridad o la salud en el lugar de trabajo. Dispone de 6 meses a partir de la fecha de la represalia para presentar una denuncia ante el Comisionado Laboral del Estado (los empleados federales sólo disponen de 30 días para presentar una denuncia ante el Departamento de Trabajo).

¿Tengo derecho a negarme a hacer un trabajo inseguro?

El Código Laboral de California (Sección 6311) le permite negarse a realizar un trabajo inseguro siempre que este resulte lo suficientemente peligroso como para que cualquier persona razonable piense que su salud o seguridad estarían en peligro al llevar el trabajo a cabo. A continuación se exponen algunos ejemplos de trabajos que probablemente supondrían un riesgo de lesiones graves:

  • Carga de chatarra en una caldera de fusión con una cargadora electromecánica sin parabrisas ni cabina cerrada.
  • Fundir y verter plomo que se ha utilizado para almacenar sustancias radiactivas.
  • Trabajar en un entorno en el que existe la posibilidad de intoxicación por inhalación de un gas potencialmente letal.
  • Conducir un camión que da tirones o serpentea y es difícil de mantener en la carretera.

Sin embargo, antes de negarse a realizar un trabajo inseguro, asegúrese de informar a su supervisor sobre la condición que le preocupa y dele a la empresa la oportunidad de corregirla. Si la empresa no corrige la condición insegura y usted decide renunciar al empleo, asegúrese de informar a su supervisor, preferiblemente por escrito o delante de otros, de por qué se niega exactamente a hacer el trabajo y que regresará para trabajar tan pronto como se solucione el problema. Finalmente, debe comunicarse con Cal/OSHA para presentar una queja contra su responsable.

¿Qué información debe facilitarme mi empresario sobre mis derechos en materia de salud y seguridad?

Su empresario tiene que informarle sobre los riesgos para la seguridad y la salud en el lugar de trabajo, y hacerle saber cómo protegerse. Como mínimo, cada empresario tiene que proporcionar:

  • Etiquetas que marquen todos los materiales peligrosos.
  • Hojas de datos de seguridad (FDS) de todos los productos químicos peligrosos.
  • Formación sobre procedimientos de seguridad y sobre los peligros con los que pueden entrar en contacto los trabajadores en cada puesto de trabajo.
  • Del 1 de febrero al 1 de marzo de cada año, publicar información sobre el número total de lesiones y enfermedades profesionales ocurridas durante ese año.
  • Publicación de citaciones de Cal/OSHA en o cerca del área de trabajo implicada. Cada citación debe permanecer expuesta hasta que se haya corregido la infracción, o durante tres días laborables, según cuál sea el plazo más largo.
  • Notificación si los empleados han estado expuestos a concentraciones o niveles de sustancias químicas peligrosas que superen los límites de exposición establecidos por las normas de Cal/OSHA.

¿Tiene mi empresa que hacer un esfuerzo especial para mantener la seguridad en mi puesto de trabajo?

Sí. Cada empresario debe implantar un «programa de prevención de lesiones y enfermedades» que incluya formación, formas de corregir los problemas de seguridad y salud, y notificación a los empleados sobre los peligros. Su empresario tiene que mantener registros de seguridad, salud y cualquier situación peligrosa monitoreada por su empresa. Usted tiene derecho a ver esos registros, así como su propio historial médico. Las empresas con 11 o más empleados también deben publicar el número de lesiones y enfermedades relacionadas con el trabajo durante el año anterior. También tiene derecho a ver los registros de accidentes de los últimos 5 años.

¿Qué puedo hacer si mi lugar de trabajo es inseguro o insalubre?

  • El primer paso debe ser siempre hablar con el supervisor o responsable sobre el problema y pedir que se solucione. Tiene derecho a quejarse de los riesgos para la salud y la seguridad en el trabajo, y su empresa no puede tomar represalias contra usted por hacer valer su derecho a quejarse. Si en su lugar de trabajo hay un sindicato, también debe tratar el problema con el representante sindical local.
  • Si esta conversación no soluciona el problema, es posible que quiera asesorarse sobre sus derechos. Puede ponerse en contacto con la oficina de la División de Seguridad y Salud en el Trabajo de su zona. También debe tomar y conservar notas detalladas sobre las infracciones de seguridad y/o salud, incluyendo horas, fechas, lugares y nombres.
  • Puede solicitar de forma anónima/confidencial una inspección de su lugar de trabajo por parte de la División de Seguridad y Salud en el Trabajo. Tiene derecho a que se le comuniquen los resultados de la inspección y a reunirse con el inspector una vez finalizada. Si se emite una citación, el empresario dispondrá de un plazo determinado para corregir el problema (el «período de mitigación»). Si considera que la citación no aborda adecuadamente el problema, dispone de 15 días para presentar una objeción.
  • También puede presentar una denuncia contra su empresa por infracciones de seguridad o salud ante la División Estatal de Seguridad y Salud en el Trabajo. Es ilegal que su empresa tome medidas contra usted por hacer valer sus derechos. Si cree que su empresa ha tomado represalias contra usted por presentar una denuncia, solicitar una inspección o quejarse de problemas de seguridad o salud, debe presentar una denuncia ante el Comisionado Laboral del Estado en un plazo de 6 meses a partir de la represalia (o 30 meses si es un empleado federal). Su empresario no puede tomar represalias contra usted por negarse a realizar un trabajo inseguro en determinadas condiciones (véase el apartado 3 anterior).

¿Qué debo hacer si me lesiono?

    • Notifique a su responsable: es importante que informe a su responsable sobre su lesión para proteger sus derechos. Si se lesiona en el trabajo, debe informar inmediatamente de la lesión a su supervisor. Si su lesión o enfermedad se desarrolla a lo largo de un período de tiempo, debe comunicárselo a su supervisor en cuanto tenga síntomas y se percate de que su lesión o enfermedad es consecuencia de su trabajo.
    • Recibir tratamiento médico: reciba tratamiento médico lo antes posible. Si su lesión requiere tratamiento urgente, acuda a urgencias. Puede acudir a su propio médico si lo designó previamente como su médico tratante antes de lesionarse. De lo contrario, deberá acudir al médico de la empresa al menos durante los 30 primeros días de su tratamiento.

Cuando acuda al médico, no olvide decirle que se ha hecho daño en el trabajo. Facilite al médico toda la información detallada que pueda sobre sus síntomas. El médico decidirá si necesita una baja laboral o si es preciso modificar sus tareas y/o su horario de trabajo a causa de la lesión.

  • Solicitar prestaciones de compensación de los trabajadores: en un plazo de 24 horas tras conocer su lesión, su empresario tiene la obligación de entregarle un formulario de solicitud de indemnización por accidente laboral («DWC-1») y un folleto explicativo sobre cómo solicitar la indemnización por accidente laboral. El formulario de reclamo está disponible en inglés y español. Rellénelo y devuélvaselo a su empresario.
    Entre sus prestaciones, se incluye:

    • Atención médica por la lesión, tanto si se pierde tiempo de trabajo como si no.
    • El pago de los salarios perdidos, si se pierde más de 3 días de trabajo, o si le hospitalizan durante la noche.
    • Otras prestaciones a largo plazo en caso de que la lesión provoque una incapacidad permanente.

    No importa de quién fuera la responsabilidad de su lesión. Su derecho a percibir una indemnización por accidente laboral no depende del tiempo que haya ocupado el puesto de trabajo, de su edad, de si está empleado como trabajador temporal o a tiempo parcial o de si es ciudadano.

    Si su empresa le dice que no tiene derecho a las prestaciones de compensación para trabajadores o se niega a darle un formulario de solicitud, póngase en contacto con el Departamento Estatal de Relaciones Industriales, División de Compensación para Trabajadores, Oficina de Información y Asistencia. El número de su Oficina local de Información y Asistencia de Compensación para Trabajadores se puede encontrar en la parte delantera de la guía telefónica en «State Government Offices» (Oficinas de Gobierno del Estado).

¿Qué pasa si tengo 16 años o menos y me lesiono?

Dado que la indemnización por accidente laboral está concebida para protegerle, tendrá derecho a recibir prestaciones aunque no tenga permiso de trabajo o esté trabajando en una ocupación prohibida por las leyes de trabajo infantil, como por ejemplo la construcción de tejados. De hecho, sus prestaciones de compensación por accidente laboral pueden incrementarse en un 50 % si es menor de 16 años y su responsable no ha cumplido la legislación aplicable en materia de trabajo infantil (por ejemplo, empleándole en un trabajo prohibido para alguien de su edad).

¿Quién paga mi tratamiento médico?

Las facturas médicas de su accidente laboral son responsabilidad de su empresa. Para recibir estas prestaciones, obtenga un formulario de reclamación de indemnización por accidente laboral de su empresa y pida información sobre cómo presentarlo a la compañía aseguradora de su empresa. El médico que le atiende debe facturar a la compañía aseguradora de su empresa.

Si su empresa se niega a pagar y usted no tiene seguro médico, puede:

  • Solicitar una audiencia ante la Junta de Apelación de Indemnización por Accidentes Laborales.
  • Buscar un médico que le atienda en régimen de «derecho de retención», lo que implica que el médico esperará a recibir el pago hasta que se resuelva su reclamación de indemnización por accidente laboral.
  • Pagar el tratamiento e intentar obtener el reembolso más adelante.

¿Y si mi empresa toma represalias contra mí?

Es ilegal que su empresa tome represalias contra usted por sufrir una lesión o solicitar prestaciones. Su empresa puede ser multada con hasta 10 000 $ por tomar represalias en su contra. Las represalias incluyen el despido, la amenaza de despido, el acoso, la intimidación o la discriminación. Si esto ocurre, consulte a un abogado especializado en indemnizaciones por accidente laboral. Dispone de un año desde el momento en que sufrió las represalias para presentar una reclamación.

¿Estoy protegido si presento una queja sobre salud y seguridad en el trabajo?

Sí. No puede ser despedido, degradado, trasladado a un puesto o turno menos deseable, ni amenazado o acosado de ninguna manera por haber denunciado un problema de salud y seguridad. Si cree que su responsable ha tomado alguna medida adversa contra usted por hacer valer un derecho o una queja en materia de salud y seguridad, debe presentar una queja ante el Comisionado Laboral de California en un plazo de 6 meses (o 30 días para los empleados federales que presenten una queja ante el Departamento de Trabajo) a partir de la represalia.

¿Dónde puedo obtener más información?

Empleados estatales: puede llamar al Departamento de Relaciones Industriales de California, División de Seguridad y Salud Ocupacional; la oficina de San Francisco en el (415) 557-1677 (24 horas) o buscar un número local en las páginas del gobierno estatal de su guía telefónica.

Empleados del gobierno federal: Si usted es empleado del gobierno federal, puede llamar a la oficina federal de Seguridad y Salud Ocupacional al (800) 475-4020 si tiene preguntas.