Usted recurrió una resolución del EDD en su contra. Usted asistió a una audiencia con un Juez de Derecho Administrativo en la Junta de Apelaciones del Seguro de Desempleo de California («CUIAB»). Pero, por desgracia, el juez decidió en su contra.
La decisión del juez no tiene por qué ser el final del proceso. Tiene derecho a recurrir la decisión ante los miembros del consejo de la CUIAB. El proceso no es difícil. Puede empezar hoy mismo.
Cómo iniciar el procedimiento de recurso
Para recurrir una decisión desfavorable, tiene que enviar el formulario de recurso o escribir una carta solicitándolo. Aquí tiene la información básica que necesita saber:
- Rellene todos los datos personales necesarios en el formulario de recurso. El número de asunto y la fecha de la vista figuran en la primera página de la Decisión. Si escribe una carta, asegúrese de incluir su nombre, dirección, el número de caso de la decisión y la fecha en que envía el recurso.
- Proporcione un argumento a la CUIAB sobre por qué el Juez de Derecho Administrativo cometió un error en su caso.
- Envíe el formulario o la carta en un plazo de 30 días a partir de la fecha en que se le envió por correo la decisión. La fecha de envío de la decisión debe figurar impresa o estampada en la primera página de la decisión. Envíe el formulario o la carta por correo a CUIAB – Sacramento Office of Appeals, 2400 Venture Oaks Way, Suite 100, Sacramento, CA 95833, o por fax al (916) 263-6765.
¿Qué argumentos podrían convencer a los miembros del consejo de administración para revocar la decisión?
Los miembros de la Junta van a revisar la grabación de audio de la vista y el expediente de apelación para ver si el juez cometió algún error en el caso.
La junta podría concluir que el juez cometió un error, por ejemplo:
- Al no reconocer el testimonio en la vista u otras pruebas del expediente.
- Calificando erróneamente las pruebas en la vista.
- Exponiendo erróneamente la norma jurídica, o contradiciendo otros casos que la CUIAB haya resuelto.
No es probable que la Junta revoque a un ALJ simplemente porque los miembros de la Junta pensaron que la historia que contó una persona era más creíble que la historia que contó otra persona en la vista.
Si sabe que el juez cometió un error, querrá explicar por qué lo cometió en su recurso. Procure exponer los motivos concretos por los que el juez no falló a su favor y por qué esa decisión no fue correcta (ya sea por hechos que el juez no tuvo en cuenta o porque aplicó mal la ley).
¿Puedo revisar la grabación de la vista antes de preparar mi alegato?
Sí, puede solicitar una copia del expediente administrativo completo. Puede escribir simplemente «Solicito una copia completa del expediente de mi caso, incluida la grabación de la audiencia administrativa. Solicito el derecho a presentar alegaciones por escrito tras recibir una copia del expediente».
Deberá recibir gratuitamente una copia del acta y una grabación de la audiencia. La grabación se le enviará por correo, junto con una copia en papel de todo el expediente administrativo. Una vez que se le envíe ese expediente, dispone de 12 días para enviar sus alegaciones a la Junta. Si solicita el expediente de la audiencia, le sugerimos que espere a presentar un argumento por escrito hasta que reciba el expediente completo de la audiencia, para no tener que cambiar o retractarse de nada de lo que haya dicho. No obstante, sí es conveniente que prepare su argumentación antes de recibir el expediente, para que no se le pase el plazo de 12 días.
¿Puedo presentar pruebas adicionales para que las examine la Junta?
Sí; si cree que hay pruebas adicionales que podrían apoyar su caso, puede aportarlas con su recurso o alegación.
Si presenta nuevas pruebas, debe hacerlo de la siguiente manera:
- Envíe una copia de las pruebas a la Junta.
- Explique por qué las pruebas son importantes para el caso.
- Explique por qué no pudo presentarlas para la primera audiencia.
Los miembros de la Junta no siempre aceptan nuevas pruebas, y sólo lo harán si usted explica por qué son importantes y por qué no las presentó antes.
¿Ha perdido el formulario de recurso?
- Debería haber recibido una copia del formulario de recurso junto con la decisión. Pero si lo ha perdido o no lo encuentra, ¡no pasa nada!
- Puede imprimir el formulario de recurso en la página web de la CUIAB: https://cuiab.ca.gov/wp-content/uploads/sites/13/forms/DE_1430_6-23-21.pdf.
- También puede enviar una carta a la CUIAB que incluya la siguiente información: su nombre y dirección, el número de caso que figura en la decisión y una declaración en la que indique que desea recurrir la decisión. Al final de esta hoja informativa figura un modelo de carta.
¿Se le ha pasado el plazo de 30 días? Aún puede recurrir la decisión.
Incluso si apela la decisión después de que haya vencido el plazo para hacerlo, los miembros de la junta revisarán su apelación si consideran que tiene una buena razón para enviarla fuera de plazo.
Así pues, cuando escriba la carta a la CUIAB junto con el formulario de recurso, deberá explicar por qué no ha podido enviar su recurso a tiempo. La Junta determinará si usted tenía una «causa justificada», es decir, una razón suficientemente buena, para el retraso.
Una buena causa puede significar todo tipo de razones diferentes, incluyendo:
- Tuvo problemas para entender la decisión y sus derechos.
- No tuvo representación legal a tiempo para enviarla dentro del plazo.
- Estaba lidiando con problemas médicos.
- No ha recibido la decisión a tiempo.
- Envió el recurso pocos días después de la fecha límite.
¿Qué ocurre después de presentar el recurso?
- A diferencia del primer recurso, no tendrá otra vista ante un juez. En esta fase, dos miembros de la junta de la CUIAB revisarán la decisión escrita, el acta de la vista y cualquier prueba adicional o argumento escrito que usted haya presentado. Después de enviar su alegación, en realidad no tiene nada que hacer, salvo esperar la decisión de la Junta.
- La decisión de la Junta puede confirmar (mantener) la decisión del juez, revocar la decisión por completo, revocar parte de la decisión o devolver el caso al EDD para que lo vuelva a estudiar.
- Normalmente, la Junta sólo anula la decisión de un juez si encuentra algún tipo de error jurídico evidente o una conclusión de hecho sin fundamento. No es nada seguro, pero, como se explica a continuación, puede merecer la pena.
¿Por qué debería recurrir?
- Que alguien sea juez no significa que todo lo que diga sea correcto. Incluso si no sabe con seguridad de que la decisión del juez sea incorrecta, tiene derecho a pedir que los miembros de la Junta la revisen para asegurarse de que se ha aplicado la ley correctamente y tiene una base justa para las determinaciones de hecho que hizo el juez.
- No hay nada malo en recurrir su decisión. Aunque pierda el recurso, no habrá más consecuencias negativas. Después de que la Junta revise el caso, si sigue sin estar de acuerdo, puede presentar una Petición de Mandato ante el Tribunal Superior de su condado, en un plazo de seis meses a partir de la fecha de envío por correo de la decisión de la Junta.
- Si se le ha evaluado un sobrepago, incluso si el EDD y el juez tienen razón en que usted no tenía derecho a las prestaciones, aún podría tener derecho a una condonación del sobrepago.
- Si el EDD y el juez deciden que usted hizo una declaración falsa, esa decisión podría dificultarle recibir prestaciones de desempleo en el futuro. Aunque esté económicamente seguro o no considere que obtener prestaciones por desempleo sea importante para usted en este momento, puede que quiera proteger su capacidad de acceder a las prestaciones del seguro de desempleo para el futuro.
Modelos de documentos que le ayudarán a recurrir
Aquí hay una plantilla para mostrar cómo se pueden hacer algunos de los argumentos explicados anteriormente.
Última actualización: Octubre 2024