Víctimas de violencia de odio o amenazas de violencia

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Tiene derecho a no sufrir violencia o amenazas motivadas por el odio en el trabajo, en casa, en la escuela y en otras situaciones.

Es posible que tenga derecho, en virtud de la Ley Ralph de Derechos Civiles de California, a recibir salarios atrasados, daños y perjuicios o una indemnización, si sufre violencia, acoso, intimidación o amenazas de violencia que se producen específicamente a causa de una de sus características personales.

Para leer en otros idiomas sobre los derechos de las víctimas de la violencia...

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Hay una versión en farsi aquí, y en árabe aquí.

¿Cómo puedo saber si se me aplica la Ley Ralph?

Tiene que cumplir dos condiciones para que se aplique la Ley Ralph (Código Civil de California § 51.7):

La primera condición es que haya sufrido violencia o haya sido acosado y amenazado con violencia, o que alguien le haya intimidado (por ejemplo, le haya asustado para que haga o deje de hacer algo) con amenazas de violencia.

La segunda condición es que fuera objetivo por su:

  • Situación de inmigración.
  • Religión.
  • Origen nacional.
  • Raza.
  • Sexo (incluido el embarazo o el parto).
  • Género (incluidas la identidad y la expresión)
  • Color de piel.
  • Ancestros.
  • Discapacidad (mental o física).
  • Orientación sexual.
  • Ciudadanía.
  • Idioma principal.
  • Afiliación política (objetivo a causa de su actividad política).
  • Enfermedad (sólo cáncer o discriminación por información genética).
  • Estado civil.

La Ley Ralph se aplica en muchos lugares, públicos y privados.

¿Qué tipo de situaciones contempla la ley?

La Ley Ralph puede aplicarse, por ejemplo, si le dan patadas o puñetazos o alguien intenta hacerle daño, si se producen daños en su casa, coche u otra propiedad o si le amenazan verbalmente o le acosan con lenguaje violento.

Aquí tiene algunos ejemplos:

  • A un hombre musulmán se le dice que vuelva a su país y luego es agredido físicamente por la misma persona.
  • Una mujer recibe una patada de un compañero de trabajo. Más tarde, el compañero de trabajo le dice: «Chsss, ya puedes caminar más deprisa o volveré a hacerte daño», y la mujer se lesiona el tobillo al bajar asustada un tramo de escaleras.
  • Un activista es empujado y tirado al suelo por alguien que critica su afiliación al movimiento por los derechos de los inmigrantes.
  • Una persona asiático-americana recibe una patada en el lugar de trabajo por parte de alguien que se burla de sus rasgos faciales.
  • Un supervisor acosa sexualmente en repetidas ocasiones a una empleada en el trabajo, haciéndola temer por su seguridad.
  • Un judío encuentra una esvástica y una amenaza de muerte pintadas en su casa.

¿Qué puedo hacer si creo que se han vulnerado mis derechos?

En primer lugar, recopilar toda la información posible sobre el suceso, especialmente de los testigos, y anotarla.

Entonces, hay al menos tres acciones que puede emprender:

  1. Puede demandar ante los tribunales siempre que haya pasado menos de un año desde que conoció la identidad del agresor y menos de tres años desde la fecha de la agresión.
  2. Puede presentar una queja ante el Departamento de Derechos Civiles de California (CRD); para más detalles, pulse aquí o llame al (800) 884-1684.
  3. Puede comentar sus opciones con Legal Aid at Work (llame al 415-864-8848) o con otro abogado.

Recuerde que también puede denunciar a la policía cualquier amenaza o acción violenta.

¿Qué reparación podría obtener si tengo éxito con una reclamación de la Ley Ralph ante un tribunal?

La ley prevé cinco posibles vías de recurso, en función de su situación:

  1. Una orden de alejamiento contra su agresor o agresores.
  2. Se le impondrá una sanción civil de 25 000 dólares.
  3. Indemnización por sus lesiones y gastos médicos, pérdida de salarios y daños y reparaciones a su propiedad.
  4. Daños punitivos (un pago de su agresor como castigo contra él).
  5. Honorarios del abogado