Seguro Estatal de Invalidez ("SDI"): Sus derechos legales

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¿Qué es el Seguro Estatal de Invalidez ("SDI")?

El Seguro Estatal de Incapacidad ("SDI") es un programa estatal de California administrado por el Departamento de Desarrollo del Empleo ("EDD"). El SDI proporciona una sustitución parcial del salario cuando los trabajadores no pueden realizar su trabajo habitual o regular debido a lesiones físicas y mentales, enfermedades y otros problemas de salud.

¿Quién está cubierto por el programa SDI?

Casi todos los trabajadores de California están cubiertos por el programa y pueden recibir prestaciones si cumplen los requisitos de acceso. Sin embargo, los trabajadores de determinados empleos no pueden recibir el SDI, como ciertos empleados domésticos, contratistas independientes, trabajadores de campañas electorales y estudiantes que trabajan para su centro de estudios. Algunas empresas pueden optar por no acogerse al SDI y ofrecer prestaciones comparables a través de un plan privado. Si no está seguro de si su empresa participa en el programa SDI, pida información a su departamento de RRHH o a su jefe.

¿Cuáles son los requisitos para percibir prestaciones del SDI?

Para percibir las prestaciones del SDI, debe padecer una "discapacidad", tal y como se define a continuación, y estar bajo los cuidados continuos de un profesional sanitario autorizado o de un practicante religioso autorizado. Debe presentar la solicitud sin demora, haber estado trabajando o buscando trabajo cuando comenzó la discapacidad y tener suficientes ingresos anteriores en su "período base".

¿Qué es una "discapacidad" a efectos del SDI?

Una "discapacidad" es cualquier afección mental o física que le impida realizar su trabajo habitual (o, si está desempleado, una afección que le impida buscar trabajo) durante más de una semana. Prácticamente cualquier estado de salud puede constituir una discapacidad SDI, incluidas las enfermedades físicas y mentales, las lesiones, las intervenciones quirúrgicas, el embarazo, el parto y el tratamiento por abuso de drogas o alcohol. Un profesional sanitario autorizado (o un practicante religioso autorizado) debe firmar un formulario en el que se indique que su discapacidad le impide trabajar.

¿Qué ocurre si no tengo trabajo cuando me incapacitan?

Una persona desempleada puede quedar "discapacitada" y tener derecho al SDI. Siempre que estuviera buscando trabajo activamente cuando comenzó su incapacidad, y tenga ingresos en su periodo base, puede solicitar prestaciones.

¿Cómo se solicita la SDI?

La forma más rápida y sencilla de presentar una solicitud es a través de la página web del EDD, http://www.edd.ca.gov/. También puede presentar su solicitud de SDI por correo. Tendrá que pedir que le envíen por correo una copia de la solicitud a través del sitio web del EDD o llamando al EDD al 1-800-480-3287 [español] o al 1-866-658-8846 [inglés]. Una vez cumplimentada la solicitud, deberá enviarla por correo a la oficina del EDD más cercana a su domicilio.

¿Cuál es el plazo para presentar la solicitud?

Debe solicitar el SDI en un plazo de 49 días a partir de la fecha en que su discapacidad le impidió trabajar o buscar trabajo. No obstante, si se le pasa el plazo, es posible que siga teniendo derecho al SDI si tiene un buen motivo para haberse retrasado. Por ejemplo, si entendió mal algo que le dijeron por teléfono en el EDD y no se dio cuenta de que tenía derecho al SDI hasta después de que hubiera vencido el plazo, es probable que acepten su solicitud.

¿Qué es un "periodo base"?

El "período base" es el período de un año que comenzó unos 15 a 17 meses antes de la fecha de su solicitud de prestaciones del SDI. Para saber cuál es el periodo base de su solicitud del SDI, utilice la siguiente tabla:

Si presentó su reclamación en ...Su periodo base es el periodo de 12 meses que finaliza el ...
Enero, febrero, marzo30 de septiembre
Abril, mayo, junio31 de diciembre
Julio, agosto, septiembre31 de marzo
Octubre, noviembre, diciembre30 de junio

Cada período base se divide en períodos de tres meses denominados "trimestres". Para tener derecho a las prestaciones del SDI, debe haber ganado al menos 300 $ en uno de los trimestres de su período base.

¿Qué ocurre si no tengo dinero en mi periodo base porque estaba desempleado antes de quedar discapacitado?

Existen dos reglas que pueden ayudarle si no tiene ingresos en su periodo base debido al desempleo:

En primer lugar, si en el momento de solicitar el subsidio de desempleo aún no ha vencido el plazo de solicitud, puede utilizar el período base de su solicitud de subsidio de desempleo.

En segundo lugar, si ha estado desempleado durante algún trimestre de su periodo base -es decir, sin trabajo durante 60 días o más y buscando trabajo- puede no tener en cuenta ese trimestre y comenzar su periodo base tres meses antes del periodo establecido en el cuadro anterior. Por cada trimestre que haya estado desempleado, puede retroceder otro trimestre.

¿Cuánto recibiré de la SDI?

La cuantía de su prestación se calcula en función de la cuantía de los ingresos que haya tenido en el trimestre de mayores ingresos de su periodo base, y es de aproximadamente el 60-70 por ciento (dependiendo de los ingresos) de sus ingresos regulares. En 2018, la cuantía máxima del SDI que puede percibir es de 1.216 $ semanales. Los pagos del SDI se tramitan cada dos semanas.

El importe total de las prestaciones del SDI que percibe por una sola solicitud no puede superar el importe total de los salarios que percibió durante su período de base.

¿Cuándo recibiré mi primer cheque del SDI?

Cada solicitud de SDI tiene un periodo de carencia de siete días, no remunerado. La mayoría de las prestaciones se expiden en un plazo de dos semanas a partir de la recepción de una solicitud debidamente cumplimentada.

¿Puedo utilizar mi paga de vacaciones o de enfermedad para cubrir el periodo de espera de siete días?

Sí.

¿Puedo cobrar el seguro de desempleo ("UI") al mismo tiempo que el SDI?

No. Si está preparado y es capaz de trabajar pero no puede encontrar un empleo, entonces UI es el programa adecuado para usted. Si no puede trabajar en su empleo habitual debido a una discapacidad o enfermedad, entonces el SDI es el programa adecuado para usted.

Si me lesiono en el trabajo, ¿tengo derecho a cobrar el SDI?

En general, no. Si usted se lesiona en el trabajo y no puede trabajar, usted debe calificar para la sustitución temporal de ingresos a través de la Compensación de Trabajadores.

Existen dos excepciones. En primer lugar, si la cuantía de la indemnización por accidente de trabajo es inferior a la que le correspondería por el SDI, puede solicitar el SDI para cubrir la diferencia. En segundo lugar, si se produce un retraso en su solicitud de indemnización por accidente de trabajo (por ejemplo, si su empresa impugna su derecho o si se le deniega y recurre), puede solicitar las prestaciones del SDI hasta que se resuelva el litigio.

Si más tarde se aprueba su solicitud de indemnización por accidente de trabajo, tendrá que devolver el SDI que recibió para no recibir "doble" prestación por el mismo período de tiempo. Si recibe prestaciones tanto de la Indemnización por Accidentes en el Trabajo como del SDI por la misma lesión, asegúrese de mantener al EDD al corriente de su reclamación de la Indemnización por Accidentes en el Trabajo y a la aseguradora de la Indemnización por Accidentes en el Trabajo al corriente de su reclamación del SDI, para que pueda evitar un "sobrepago".

Mi empresa ofrece un seguro privado de incapacidad temporal ("STD") que cubre parte de mi salario. ¿Puedo solicitar también el SDI?

Normalmente, sí. Si las prestaciones están "integradas", el EDD le abonará una cantidad en concepto de SDI y su empresa o su compañía de seguros le pagará una cantidad adicional para cubrir una parte o la totalidad de la diferencia entre el SDI y su salario íntegro.

Si no sabe si su empresa "integra" las prestaciones con el EDD, pida información a su departamento de RRHH o a su jefe.

Tengo días de vacaciones y de baja por enfermedad. ¿Puedo utilizar mis días de vacaciones o de baja por enfermedad al mismo tiempo que recibo el SDI?

Puede percibir al mismo tiempo la paga de vacaciones y el SDI.

No puede percibir el subsidio de enfermedad completo y el SDI al mismo tiempo. Puede recibir un subsidio de enfermedad parcial para cubrir una parte o la totalidad de la diferencia entre el SDI y su salario íntegro. Si no está seguro, debe comunicar al EDD cualquier pago que reciba de su empleador.

Debido a mi discapacidad, tengo que trabajar menos horas a cambio de un salario reducido. ¿Puedo solicitar el SDI?

Sí. Si ha perdido salario debido a su incapacidad, pero sigue trabajando, puede solicitar prestaciones basadas en los ingresos que está dejando de percibir debido a su horario reducido. Debe cumplir todos los demás requisitos.

Soy autónomo. ¿Estoy cubierto por el seguro de desempleo?

Los trabajadores autónomos sólo están cubiertos por el programa SDI si se han inscrito en la "Cobertura Optativa del Seguro de Incapacidad" con el EDD y han abonado las primas. Normalmente, se tiene derecho a las prestaciones después de seis meses de cobertura electiva. No obstante, si ha trabajado por cuenta ajena antes de obtener la cobertura optativa, es posible que disponga de un período de base a partir de ese empleo.

¿Tengo derecho a las prestaciones del SDI si estoy indocumentado o lo estaba durante mi periodo de base?

Sí, si reúne los demás requisitos, no se le pueden denegar las prestaciones por ser o haber sido indocumentado. Usted pagó al programa y tiene derecho a cobrar sus prestaciones.

¿Durante cuánto tiempo recibiré el SDI?

Recibirá las prestaciones del SDI mientras permanezca incapacitado, tal y como se define, hasta un máximo de 52 semanas. Sin embargo, en algunos casos, es posible que una persona que reúna los demás requisitos no reciba el SDI durante todo un año porque no tiene suficiente dinero en su "cuenta" para un año completo de prestaciones. Cuando presente su solicitud, el EDD le enviará un extracto en el que se le indicará la cantidad de dinero que tiene en su cuenta de reserva.

¿Y si intento volver al trabajo, pero al final tengo que volver a coger la baja por incapacidad?

Si se reincorpora al trabajo y puede desempeñar su trabajo habitual o acostumbrado durante más de 60 días, se considera que ha finalizado su periodo de prestación por incapacidad. Si deja de trabajar de nuevo por incapacidad, debe presentar una nueva solicitud de SDI y volver a tener derecho a las prestaciones a partir de la fecha de la nueva solicitud. Si reúne los requisitos para percibir el SDI en la fecha de la nueva solicitud, tendrá derecho a un nuevo período de prestaciones de hasta 52 semanas.

Si se reincorpora al trabajo durante más de 60 días, pero no realiza su trabajo regular o habitual debido a su incapacidad - por ejemplo, sólo realiza trabajos ligeros o sólo a tiempo parcial - es posible que pueda continuar con su reclamación anterior por incapacidad. Tendrá que demostrar al EDD que no realizó su trabajo regular o habitual cuando intentó volver al trabajo.

Si vuelve a trabajar durante menos de 60 días y deja de hacerlo por la misma incapacidad, se considera que se encuentra dentro del mismo periodo de prestaciones por incapacidad. Podrá seguir percibiendo prestaciones en virtud de su solicitud original y no se le aplicará el periodo de carencia de 7 días que exigen estas solicitudes.

22. ¿Qué ocurre si mi incapacidad dura más de 52 semanas?

Si se prevé que su incapacidad se prolongue o se prolongue más allá de un año, puede tener derecho al Seguro de Incapacidad de la Seguridad Social ("SSDI") o a la Seguridad de Ingreso Suplementario ("SSI"), dependiendo del tipo de incapacidad y de su gravedad. Consulte nuestra hoja informativa "Programas de prestaciones por incapacidad a corto y largo plazo" para obtener más información sobre el SSDI y el SSI.

Además, algunas empresas ofrecen un seguro privado, denominado Seguro de Incapacidad a Largo Plazo ("LTD") a sus empleados con discapacidades de larga duración. Si cree que puede estar cubierto por el LTD, debe ponerse en contacto con su empresa para informarse sobre las prestaciones y los requisitos y solicitar una copia del "Resumen de la Descripción del Plan."