¿Qué leyes protegen a los estudiantes con discapacidad en las facultades, universidades, escuelas universitarias, escuelas profesionales, escuelas en línea y escuelas técnicas?
En California, los estudiantes y solicitantes con discapacidades también pueden estar protegidos por la Ley Unruh de Derechos Civiles (Ley Unruh) , la Sección 11135 del Código Gubernamental de California (Sección 11135) y la Sección 54 del Código Civil de California (Sección 54) . Por lo general, cualquier infracción de la ADA o de la Sección 504 es también una infracción de la Ley Unruh, la Sección 11135 o la Sección 54, pero estas leyes estatales pueden ofrecer mayor protección en algunos casos. Todas estas leyes se aplican a los cursos de educación en línea y a distancia impartidos por escuelas públicas y privadas.
¿Quién está protegido por la ADA, la Sección 504, la Ley Unruh de California, la Sección 54 y la Sección 11135?
Una persona con una deficiencia física o mental que limita sustancialmente una actividad vital importante es "discapacitada" según la ADA o el artículo 504. Una persona con una deficiencia física o mental que limita una actividad vital importante es "discapacitada" en virtud de la Ley Unruh y otras leyes del Estado de California. Es útil desglosar esta definición en sus partes: Las "principales actividades vitales" incluyen:
- Ver
- Audición
- En
- Realización de tareas manuales
- Relaciones sexuales
- Para dormir
- Respiración
- Funciones corporales
- De pie
- Lectura
- Concentración
- Caminar
- Cuidar de uno mismo
- Aprender
- Pensar
- Reproducción
- Interactuar con los demás
- Trabajar en
Una deficiencia limita una actividad importante de la vida si dificulta su realización. Una deficiencia puede ser sustancialmente limitante si restringe la capacidad de una persona para realizar una actividad vital importante en comparación con la mayoría de la gente.
¿Y si mi enfermedad se estabiliza con medicación o uso una prótesis?
Según la legislación de California y la ADA modificada, una discapacidad se considera sin tener en cuenta "medidas atenuantes" como medicación, prótesis, tecnología de asistencia u otros dispositivos o estrategias utilizados para ayudar a controlar los efectos de la afección. Esto significa que las personas con afecciones físicas o mentales que actualmente se encuentran estables gracias a la medicación o al tratamiento siguen estando protegidas.
¿Quién más está protegido?
La ADA y la Sección 504 también protegen a las personas discriminadas porque se considera o percibe que tienen una discapacidad, aunque no sea así. También están protegidas las personas con antecedentes de discapacidad. Además, la Ley Unruh, la Sección 11135 y la Sección 54 protegen a las personas que actualmente no están discapacitadas, pero que pueden llegar a estarlo en el futuro.
¿Cuáles son mis derechos si tengo una discapacidad?
De acuerdo con la legislación federal y estatal, las escuelas no pueden discriminar a los alumnos y solicitantes discapacitados que cumplan los requisitos. Esto significa que si tienes una discapacidad y cumples las normas académicas o de otro tipo para la admisión o participación en programas escolares, no puedes recibir un trato diferente -negación de admisión o matriculación, mala calificación, suspenso, expulsión o acoso- a causa de tu discapacidad. Los estudiantes discapacitados que cumplan los requisitos también pueden obtener adaptaciones razonables para poder participar en los programas escolares. En general, los centros escolares están obligados a garantizar que todos sus programas, servicios, actividades e instalaciones sean accesibles a las personas con discapacidad. Además, no pueden tomarse represalias contra usted por solicitar una adaptación o hacer valer sus derechos de cualquier otro modo.
¿Qué es un ajuste razonable?
Las adaptaciones razonables son ajustes o modificaciones introducidos en una política escolar, o apoyos o servicios específicos prestados a un alumno con discapacidad, que permiten al alumno participar en los programas escolares, incluidos los de admisión, académicos, de formación profesional, cursos de educación en línea y a distancia, alojamiento, educación física, atletismo, recreo, actividades extraescolares, transporte, asesoramiento, seguro médico (que cubre tanto discapacidades físicas como psiquiátricas) y ayuda económica.
El carácter razonable de una solicitud de adaptación depende de la situación y del tipo de programa. Sin embargo, la adaptación no puede ser excesivamente costosa o perjudicial para la escuela, ni ser para uso personal del estudiante. Un estudiante tiene derecho a rechazar una adaptación concreta.
Algunos ejemplos de modificaciones de las políticas escolares son
- No penalizar las faltas de ortografía en los trabajos o exámenes;
- Permitir sustituciones para determinados cursos obligatorios o prerrequisitos;
- Permitir tiempo extra en los exámenes o para entregar las tareas;
- Proporcionar exámenes en un formato alternativo;
- Proporcionar vídeos de cursos de educación en línea y a distancia en un formato accesible;
- Permitir una carga lectiva reducida y más tiempo para obtener el título;
- Proporcionar alojamiento al acompañante de un estudiante;
- Reasignación de un aula a un lugar accesible;
- Proporcionar asistencia para solicitar ayuda financiera.
Entre los ejemplos de apoyos o servicios que pueden proporcionarse a un alumno se incluyen:
- Intérpretes;
- Anotadores;
- Textos grabados;
- Lectores;
- Pantallas de videotexto;
- Calculadoras parlantes;
- Calculadoras, impresoras o máquinas de escribir Braille;
- Amplificadores de auricular telefónico;
- Descodificadores de subtítulos;
- Televisión con subtítulos abiertos y cerrados;
- Sintetizadores de voz;
- Equipos de gimnasia especializados;
- Kits de dibujo de líneas alzadas;
- Dispositivos o sistemas de ayuda auditiva;
- TTY o TTD;
- Ayuda para transportar y manipular material educativo;
- Dispositivo de alcance para uso bibliotecario.
No se puede cobrar a los estudiantes por estos apoyos y servicios, aunque la escuela puede pagarlos ayudando al estudiante a obtener el reembolso de una organización externa, como una agencia estatal de rehabilitación. El proceso de obtención de apoyos o servicios en los centros de enseñanza superior puede ser diferente al de la enseñanza primaria, media y secundaria. Un alumno con discapacidad que tiene un Plan Educativo Individualizado (IEP) en la escuela primaria comparte la responsabilidad -y a veces no participa mucho- de identificar y obtener servicios o apoyos con los padres, los administradores escolares, los profesores y los especialistas. Sin embargo, en los centros de enseñanza postsecundaria, el estudiante es el principal responsable de identificar y documentar su discapacidad y de solicitar apoyos, servicios y otras adaptaciones específicas para satisfacer sus necesidades.
¿Cuándo está obligada una escuela a acoger a un estudiante o solicitante?
Los centros escolares sólo están obligados a adaptarse a las discapacidades conocidas. No hay una forma específica de que un estudiante notifique a un centro escolar su discapacidad, y el conocimiento de la discapacidad por parte del centro puede ser implícito. Sin embargo, para garantizar el derecho legal a una adaptación, debes revelar tu discapacidad antes de que tu rendimiento se vea afectado por no disponer de la adaptación o adaptaciones que necesitas.
¿A quién debo dirigirme si necesito un ajuste razonable?
Por lo general, los centros de enseñanza postsecundaria cuentan con Oficinas para Estudiantes con Discapacidades que tramitan las solicitudes de adaptaciones; en California, por ejemplo, todos los colegios comunitarios cuentan con Oficinas de Programas y Servicios para Estudiantes con Discapacidades (DSPS) que gestionan las solicitudes de adaptaciones. Sea o no éste el caso, un estudiante con una discapacidad también puede hablar con el Coordinador de la ADA o de la Sección 504 de la escuela, el Decano de Asuntos Estudiantiles, un asesor académico o un profesor para revelar una discapacidad y solicitar una adaptación.
¿Qué tengo que decir para que la escuela sepa que necesito una adaptación razonable?
Debes facilitar a la escuela información suficiente para demostrar la existencia de una deficiencia y su repercusión en una actividad vital importante. Para estar seguro, debes utilizar palabras como "discapacidad", "impedimento", "limitación", "actividades vitales importantes" y "adaptación". No es necesario que cuentes a la escuela todos los detalles de la discapacidad ni que reveles tu diagnóstico.
¿Tengo que solicitar una adaptación por escrito?
No. Aunque puede solicitar una adaptación por escrito, también puede hacerlo oralmente, por correo electrónico o por cualquier otro medio de comunicación. Además, es una buena idea guardar un registro de su solicitud por si en el futuro surge alguna disputa sobre si hizo la solicitud o cuándo la hizo.
¿Tengo que divulgar mi historial médico para obtener adaptaciones?
No. Sin embargo, si tu discapacidad o tu necesidad de adaptación no son evidentes, tu centro de enseñanza puede pedirte documentación médica razonable. La documentación debe limitarse a una nota del médico u otros documentos, como resultados de pruebas o informes diagnósticos de la escuela primaria, que demuestren que tienes una discapacidad y necesitas adaptaciones. No estás obligado a presentar todo tu historial médico o de salud mental.
¿Qué ocurre después de solicitar una adaptación?
Una vez que usted solicita una adaptación, la escuela debe hacer un esfuerzo razonable para determinar la adaptación adecuada. Sin embargo, usted también debe estar dispuesto a participar en el proceso de desarrollo y aplicación de la adaptación. Los estudiantes que no participen plenamente en el proceso pueden perder sus derechos. Esta participación puede requerir que el estudiante presente la documentación médica solicitada y asista a las reuniones programadas. Si la escuela o el estudiante rechazan una adaptación sugerida, el estudiante debe tomar medidas para continuar el proceso. Para proteger sus derechos, tome medidas proactivas, como por ejemplo
- Presentar por escrito a la escuela las solicitudes de adaptación;
- Sugerir alojamientos alternativos;
- Programar y asistir a reuniones con funcionarios escolares para hablar de las adaptaciones;
- Anota los nombres de las personas con las que hablas sobre alojamiento, así como las fechas y horas en las que hablas con ellas;
- Conservar copias de todos los documentos relacionados con tu discapacidad y tu educación, incluidas las cartas que envíes a tu centro escolar o recibas de él.
¿Qué pasa si un profesor me dice que no puedo tener la adaptación que necesito?
A veces los profesores no entienden que es necesario hacer adaptaciones para que los estudiantes con discapacidad puedan participar plenamente en clase. Aunque al profesor le preocupe que se graben sus clases, puede que tenga que permitir que se graben para que un alumno con discapacidad visual pueda aprovechar el curso. Incluso si a un profesor le incomoda permitir tiempo extra para los exámenes, puede que tenga que permitir que un estudiante que necesita tiempo extra para procesar la información lo tenga. Si tu profesor se niega a permitirte utilizar la adaptación que necesitas, o te da "largas" para que la utilices, ponte en contacto con la Oficina de Estudiantes con Discapacidad, con el Decano de Asuntos Estudiantiles o con tu asesor docente para pedirles que hablen con el profesor.
¿Qué ocurre si necesito una adaptación para inscribirme en la escuela?
La escuela debe modificar las pruebas de admisión para que los resultados reflejen con precisión tu aptitud, conocimientos o nivel de logro, no tu discapacidad. La escuela no puede preguntarte si tienes una discapacidad y necesitas una adaptación durante el proceso de admisión. Además, el College Board no puede indicar a los colegios o universidades que un estudiante recibió una acomodación en el SAT, PSAT, o cualquier Examen de Colocación Avanzada. Si necesitas una adaptación razonable para rellenar los formularios de admisión, pregunta en la oficina de admisiones de la escuela o en la Oficina para Estudiantes con Discapacidades.
¿Y si el campus es inaccesible?
Por ley, todos los centros escolares tienen que hacer accesibles todos sus programas, servicios y actividades a los alumnos con discapacidad, en el entorno más integrado posible. Las escuelas pueden hacerlo haciendo accesibles todas sus instalaciones o reasignando a los alumnos o los programas a instalaciones accesibles. Además, todos los edificios escolares nuevos deben ser completamente accesibles. Para que una instalación o parte de ella sea accesible, los centros escolares deben:
- Instalar rampas
- Hacer rebajes en aceras y entradas
- Reposicionar estanterías
- Reorganizar mesas, sillas y máquinas expendedoras
- Ensanchar las puertas
- Eliminar los torniquetes
- Instalar asientos accesibles para sillas de ruedas en los auditorios
- Añadir braille en los ascensores
- Instalar barras de apoyo en los aseos
- Reorganizar las mamparas de los aseos para aumentar el espacio de maniobra
- Aislar las tuberías de los lavabos
- Instale un asiento de inodoro elevado
- Instale un espejo de cuerpo entero en el cuarto de baño
- Crear plazas de aparcamiento accesibles
- Mantenimiento de ascensores
- Instalar abrepuertas automáticos
- Instalar alarmas visuales
- Proporcionar TTY y TTD
- Garantizar la accesibilidad de los sitios web escolares y los sistemas de gestión de cursos
Si crees que tu edificio de aulas, dormitorio, biblioteca, centro de estudiantes, sitio web de la escuela u otras instalaciones escolares son inaccesibles, ponte en contacto con la Oficina para Estudiantes con Discapacidades o con el Decano de Asuntos Estudiantiles.
¿Qué puedo hacer si mi universidad se niega a darme las adaptaciones que necesito o me discrimina por mi discapacidad?
Si tu centro de estudios se niega a proporcionarte los ajustes razonables que necesitas, no resuelve los problemas de acceso o te discrimina de cualquier otra forma por tu discapacidad, puedes hacerlo:
- Presentar una queja o reclamación interna ante la escuela.
- Presentar una denuncia ante la Oficina de Derechos Civiles (OCR) del Departamento de Educación de los Estados Unidos.
- Presente una denuncia ante el Departamento de Justicia de los Estados Unidos (DOJ).
- Intenta resolver las cosas de manera informal, negociando directamente con la escuela o con un mediador.
- Presentar una demanda: Puede presentar una demanda ante un tribunal federal o estatal. Si sólo busca daños monetarios (menos de $5000), puede presentar una demanda en un tribunal de reclamos menores. Puede presentar una demanda independientemente de si ha presentado una queja ante la escuela, la OCR o el DOJ.
Última actualización: Octubre 2024