Derechos laborales de los trabajadores indocumentados

¿Qué derechos legales tengo como trabajador indocumentado?

Con solo unas pocas excepciones, los trabajadores indocumentados disfrutan de todos los derechos y recursos legales proporcionados por las leyes federales y de California. (Las excepciones a esta regla general, principalmente en las áreas de seguro de desempleo y organización sindical, se tratan a continuación).

Como trabajador indocumentado, ¿corro algún riesgo si decido presentar un reclamo contra mi empleador?

Sí. Un riesgo al presentar un reclamo de empleo como trabajador indocumentado es que su empleador puede tomar represalias contra usted. Represalia significa que su empleador toma o amenaza con tomar alguna acción en su contra o denuncia o amenaza con denunciarlo a ICE ("Servicio de Inmigración y Control de Aduanas") porque usted presentó un reclamo contra el empleador. Sin embargo, tales represalias son ilegales tanto bajo la ley federal como la de California. De hecho, los empleadores que toman represalias contra usted porque usted se quejó de sus condiciones de trabajo ilegales están violando la ley por segunda vez.

El riesgo de represalias es el que enfrentan todos los empleados, documentados e indocumentados, que presentan una queja legal contra su empleador. Dependiendo de la ley bajo la cual se rija su queja, puede presentar una demanda por represalias ante la agencia federal o de California que administra la ley, o presentar una reclamación basada en represalias ante los tribunales.

Los trabajadores indocumentados se enfrentan a un riesgo aún mayor cuando sus empleadores toman represalias contra ellos denunciándolos al ICE. Aunque el empleador esté actuando ilegalmente si lo hace, en general el ICE puede hacer un seguimiento de la denuncia del empleador. Si el ICE hace un seguimiento, puede intentar detenerle o deportarle. Peor aún, si usted utilizó información o documentos falsos cuando solicitó su trabajo, puede ser acusado penalmente, multado, deportado y/o impedido de volver a vivir y trabajar en los EE.UU. Estas graves sanciones pueden aplicarse incluso si usted está casado con un ciudadano estadounidense, tiene hijos ciudadanos estadounidenses, o ha vivido en los EE.UU. durante muchos años.

Si usted es indocumentado, la decisión de seguir adelante con una queja contra su empleador es una que debe tomar solo después de una reflexión muy cuidadosa y después de obtener asesoramiento legal competente de abogados conocedores tanto de la ley laboral como de la ley de inmigración. Muchos trabajadores indocumentados, dadas las posibles consecuencias de ser denunciados ante las autoridades de inmigración, o de que su falta de estatus sea revelada en el proceso de litigio, optan comprensiblemente por no quejarse de sus condiciones de trabajo. Por otro lado, muchos trabajadores indocumentados han presentado reclamos con éxito, especialmente con el apoyo de abogados o defensores competentes. En ambos casos, le recomendamos encarecidamente que hable con un abogado de inmigración sobre su situación migratoria individual para ayudarlo a evaluar su riesgo en caso de que su empleador tome represalias en su contra.

Si estoy pensando en presentar una demanda por discriminación, discapacidad estatal, compensación laboral, salud y seguridad, o reclamo salarial, ¿qué debo hacer para protegerme?

Antes de presentar un reclamo, debe llamar a la Clínica de Derechos de los Trabajadores o a una organización jurídica comunitaria que trabaje con inmigrantes indocumentados. Estas organizaciones pueden tener, o conocen, defensores que pueden ayudarlo adecuadamente en a tomar la decisión de presentar un reclamo, y ayudarlo a presentar este mismo si usted así lo decide. Como se señaló anteriormente, debe recibir asesoramiento legal competente de abogados expertos tanto en derecho laboral como en derecho de inmigración antes de tomar la decisión de seguir adelante con un reclamo.

Debido a que corre el riesgo de sufrir represalias por parte del empleador, debe tener en cuenta ciertos factores al tomar la decisión de presentar un reclamo. Estos incluyen: si alguna vez ha recibido amenazas de su empleador; si su empleador sabe que usted es indocumentado; si su empleador alguna vez ha denunciado o amenazado con denunciar a alguno de sus compañeros de trabajo que hizo valer sus derechos o no estuvo de acuerdo con el empleador; y si cree que su empleador puede llegar a denunciarlo. Si teme represalias por presentar un reclamo, especialmente si su empleador ha amenazado con tomar represalias contra usted u otras personas en el lugar de trabajo, le recomendamos encarecidamente que hable con un abogado de inmigración lo antes posible para ayudarlo a evaluar su riesgo en función de su situación de inmigración individual.

En cualquier caso, nunca debe hablar de su estatus migratorio en el trabajo ni llevar consigo documentos falsos. Además, debe buscar asesoramiento legal antes de revelar a alguien si sus documentos son falsos.

¿Qué es la Acción Diferida para Disputas Laborales (DALE)?

"Acción Diferida para el Cumplimiento Laboral" (DALE, por sus siglas en inglés) es un estatus migratorio temporal con el objetivo de alentar a los trabajadores a denunciar las prácticas ilegales de los empleadores sin temor a represalias, incluidas las amenazas de deportación.
Cuando DALE se otorga, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) se compromete a proteger a su beneficiario de la deportación durante cuatro años, con la posibilidad de renovar esa protección por dos años adicionales. Durante este tiempo, se considera que un beneficiario de DALE está legalmente presente en los Estados Unidos y puede solicitar un permiso de trabajo. Sin embargo, es importante entender que DALE es solo una protección temporal que no ofrece ningún camino hacia un estatus legal permanente en los EE. UU. Además, al tramitar esta solicitud, DALE notifica al DHS que usted se encuentra en los Estados Unidos, con la posibilidad de que el DHS pueda intentar deportarlo después de que expire su estatus legal. Recomendamos encarecidamente hablar con un abogado de inmigración antes de solicitar DALE.

Para obtener más información sobre este beneficio de inmigración, incluyendo información sobre cómo solicitarlo, vea nuestra Hoja Informativa Acción Diferida para Trabajadores No Ciudadanos/Indocumentados en Disputas Laborales. Es importante destacar que la nueva presidencia de Trump que comienza el 20 de enero de 2025 ha provocado crecientes preocupaciones y preguntas sobre el futuro de DALE. Si bien la información que proporcionamos en esta hoja informativa refleja nuestra comprensión actual del estado del proceso DALE, las condiciones pueden cambiar y esta información puede quedar obsoleta.

Esto significa que es aún más vital que consulte con un abogado de inmigración antes de solicitar DALE.

¿Cuáles son mis derechos como trabajador indocumentado, bajo las leyes de salarios y horas?

Los trabajadores indocumentados generalmente tienen los mismos derechos de salario y horas que otros trabajadores. Estas leyes establecen su derecho al salario mínimo, pago de horas extras, descansos, propinas y otras formas de salario. Por ejemplo, un empleador no puede negarse a pagarle diciendo que usted no debería haber estado trabajando en primer lugar porque no tiene "papeles". (Pero si ha sido despedido porque tiene una queja salarial, no está tan claro si puede recuperar los ingresos que perdió debido a que lo despidieron). Si teme represalias por presentar un reclamo, especialmente si su empleador ha amenazado con tomar represalias contra usted u otras personas en el lugar de trabajo, le recomendamos encarecidamente que hable con un abogado de inmigración lo antes posible para ayudarlo a evaluar su riesgo en función de su situación de inmigración individual.

¿Cómo tramitar un reclamo de salario? Si elige presentar un reclamo de salario, puede hacerlo ante la División de Cumplimiento de Normas Laborales de California (también conocida como el "Comisionado Laboral") o el Departamento de Trabajo de EE. UU. Ninguna de estas agencias debe interrogarlo sobre su estado migratorio o informar su falta de estatus si de alguna manera se revela. También puede demandar a su empleador en los tribunales. Para obtener más información, consulte nuestras hojas informativas sobre salarios y horarios.

Como trabajador indocumentado, ¿puedo recibir beneficios de compensación para trabajadores?

Sí. En California, todos los trabajadores que se lesionan en el trabajo, incluidos los trabajadores indocumentados, califican para recibir los beneficios de compensación para trabajadores para cubrir el costo del tratamiento médico y, en algunos casos, los salarios perdidos. Sin embargo, es posible que los empleados indocumentados no califiquen para algunos beneficios de recapacitación laboral. Además, si ha sido despedido porque tiene un reclamo de compensación para trabajadores, es menos claro si puede recuperar los ingresos que perdió debido a que fue despedido. Si teme represalias por presentar un reclamo, especialmente si su empleador ha amenazado con tomar represalias contra usted u otras personas en el lugar de trabajo, le recomendamos encarecidamente que hable con un abogado de inmigración lo antes posible para ayudarlo a evaluar su riesgo en función de su situación de inmigración individual.

¿Cómo tramitar un reclamo de compensación para trabajadores? Si elige presentar un reclamo de compensación para trabajadores, debe comunicarse con el empleador para obtener y presentar un formulario de reclamo. Si su empleador se niega a darle un formulario de reclamo, debe comunicarse con la Junta de Apelaciones de Compensación para Trabajadores (WCAB) del estado. Si se aprueba su reclamo, es posible que tenga derecho a gastos médicos razonables, beneficios por discapacidad y beneficios de rehabilitación.

Para obtener más información, consulte nuestras Hojas Informativas de Compensación para Trabajadores.

Como trabajador indocumentado, ¿cuáles son mis derechos bajo las leyes de salud y seguridad?

Las leyes de salud y seguridad protegen a todos los empleados independientemente de su estatus migratorio. Por lo tanto, los trabajadores indocumentados tienen derecho a recibir información sobre sus derechos en materia de salud y seguridad. Tienen derecho a rechazar un trabajo inseguro si creen razonablemente que crearía un peligro real y aparente para ellos o sus compañeros de trabajo. También pueden presentar quejas sobre salud y seguridad ante la Administración de Seguridad y Salud en el Trabajo de California (Cal/OSHA). Si teme represalias por presentar una queja sobre salud y seguridad, especialmente si su empleador ha amenazado con tomar represalias contra usted u otras personas en el lugar de trabajo, le recomendamos encarecidamente que hable con un abogado de inmigración lo antes posible para que le ayude a evaluar su riesgo en función de su historial individual de inmigración.

Presentar una reclamación de salud y seguridad: Si decide presentar una reclamación de salud y seguridad, debe ponerse en contacto con Cal/OSHA. La agencia investigará entonces las infracciones de salud y seguridad y su empleador puede verse obligado a poner fin a sus prácticas ilegales. Cal/OSHA no debe interrogarle sobre su situación migratoria ni denunciar su falta de situación si ésta se revela de algún modo.

Como trabajador indocumentado, ¿puedo agremiarme o participar en un sindicato?

Sí. La Ley Nacional de Relaciones Laborales (NLRA, por sus siglas en inglés) protege el derecho de la mayoría de los trabajadores, incluidos los indocumentados, a sindicalizarse, elegir un sindicato y negociar colectivamente con los empleadores. También le permite participar en una "actividad concertada" para mejorar las condiciones de trabajo de todos los empleados, incluso si aún no hay un sindicato. La acción concertada se produce cuando dos o más trabajadores actúan, con el conocimiento de su empleador, para mejorar las condiciones de trabajo en nombre de todos los empleados. La acción concertada también puede ocurrir si incluso un empleado actúa en nombre de otros.

Si usted es un trabajador doméstico, un trabajador agrícola o trabaja para el gobierno, no está cubierto por la NLRA. Sin embargo, en California, los trabajadores agrícolas tienen derecho a agremiarse y participar en un sindicato, independientemente de su estatus migratorio, según la Ley de Relaciones Laborales Agrícolas de California.

Sin embargo, si su empleador viola la NLRA al tomar represalias contra usted por su actividad sindical o al cometer otra práctica laboral ilegal, sus recursos serán limitados debido a su estatus migratorio. En particular, si fue despedido ilegalmente, no tendrá derecho a "pago retroactivo" (salarios por el tiempo que estuvo desempleado debido al despido). Además, no podrá recuperar su trabajo porque, como trabajador indocumentado, no tiene autorización legal para trabajar.

¿Cómo tramitar un reclamo de actividad sindical? Si elige presentar un reclamo de actividad sindical, debe comunicarse con la Junta Nacional de Relaciones Laborales (NLRB). La NLRB no debe interrogarlo sobre su estado migratorio, ni informar su estado migratorio si de alguna manera se revela. Si teme represalias por presentar un reclamo, especialmente si su empleador ha amenazado con tomar represalias contra usted u otras personas en el lugar de trabajo, le recomendamos encarecidamente que hable con un abogado de inmigración lo antes posible para ayudarlo a evaluar su riesgo en función de su situación de inmigración individual.

Para obtener más información sobre su derecho a formar un sindicato, consulte nuestra hoja informativa El derecho a agremiarse y afiliarse a un sindicato.

Como trabajador indocumentado, ¿puedo cobrar el seguro de desempleo?

No. Para cobrar el seguro de desempleo, los trabajadores deben ser "capaces de trabajar" y estar "disponibles para trabajar". El Departamento de Desarrollo Laboral de California (EDD), la agencia que decide quién tiene derecho al seguro de desempleo, ha determinado que los trabajadores indocumentados no están "disponibles para trabajar" porque no cumplen los requisitos legales para trabajar.

Como trabajador indocumentado, ¿puedo cobrar el Seguro Estatal de Incapacidad?

Sí. El sistema de Seguro de Incapacidad del Estado de California (SDI, por sus siglas en inglés) está financiado por las contribuciones de los empleados y está diseñado para proteger a las personas desempleadas y discapacitadas contra la pérdida de salarios cuando no pueden realizar su trabajo normal debido a una enfermedad o lesión. Si usted califica para SDI, en este momento puede recibir alrededor del 60% al 70% de su sueldo por hasta 52 semanas. Con la aprobación de la SB 951 en 2024, a partir del 1 de enero de 2025, las personas con licencia laboral que soliciten SDI recibirán entre el 70 y el 90% de sus ingresos regulares para reclamaciones a partir de 2025.

Los empleados, incluso los empleados indocumentados, tienen derecho a beneficiarse del dinero que han contribuido. Los trabajadores indocumentados que han sufrido de una discapacidad no relacionada con el trabajo, y que han cotizado al sistema estatal de discapacidad, pueden tener derecho a recibir al menos tanto como lo que aportaron al sistema.

Por ejemplo, considere el caso de una trabajadora indocumentada que pierde su trabajo y como resultado, se ha deprimido demasiado para poder trabajar: En este caso, ella no califica para recibir el Seguro de Desempleo porque es indocumentada. Sin embargo, es posible que califique para SDI. (Tenga en cuenta que para calificar para SDI, los trabajadores necesitan una prueba de su condición médica emitida por un médico).

Para determinar si usted ha hecho aportes al sistema, debe ver si el seguro SDI fue deducido de su talón de pago. Si le pagaron en efectivo y no le dieron un talón de pago, entonces probablemente no califique para recibir el SDI porque es poco probable que se hayan hecho deducciones de su salario. A diferencia del seguro de desempleo, un trabajador no tiene que estar disponible para trabajar para poder recibir SDI.

Para obtener instrucciones paso a paso sobre cómo solicitar estos beneficios, consulte nuestra Guía para trabajadores indocumentados sobre cómo solicitar el Seguro de Incapacidad de California y el Permiso Familiar Pagado. Esa hoja informativa explica que, aunque se pueda hacer la solicitud por internet, los trabajadores indocumentados deben solicitar el SDI utilizando una solicitud en papel. El EDD no debe interrogarlo sobre su estatus migratorio, ni reportar su falta de estatus si de alguna manera se revela.

Como trabajador indocumentado, ¿puedo cobrar los beneficios estatales del Permiso Familiar Pagado?

Sí. Usted puede calificar para recibir el Permiso Familiar Pagado de California (PFL, por sus siglas en inglés) si falta al trabajo para poder cuidar a un familiar gravemente enfermo. Los padres también pueden recibir el PFL para establecer un vínculo afectivo con un nuevo hijo en su familia. Si usted califica para PFL, en este momento puede recibir alrededor del 60% al 70% de su sueldo por hasta 8 semanas. Con la aprobación de la SB 951 en 2024, a partir del 1 de enero de 2025, las personas con licencia laboral que soliciten PFL recibirán entre el 70 y el 90% de sus ingresos regulares para reclamaciones a partir de 2025. Si trabaja en San Francisco, es posible que su empleador deba proporcionarle una compensación adicional, de hasta el 100% de su salario.

Como parte de su solicitud del PFL, necesitará que un proveedor de atención de salud o un funcionario de atención médica local certifique la condición de salud de su familiar o deberá proporcionar prueba de su relación con el niño (por ejemplo, un certificado de nacimiento o documentación de adopción). 

Puede encontrar más información en el sitio web del EDD haciendo clic aquí. Si usted trabaja en San Francisco, también puede encontrar más información sobre la Ordenanza de Licencia Parental Remunerada de San Francisco haciendo clic aquí.

Para obtener instrucciones paso a paso sobre cómo solicitar estos beneficios, consulte nuestra Guía para trabajadores indocumentados sobre cómo solicitar el Seguro de Incapacidad de California y el Permiso Familiar Pagado. Esa hoja informativa explica que, aunque se pueda hacer la solicitud por internet, los trabajadores indocumentados deben solicitar el PFL utilizando una solicitud en papel. El EDD no debe interrogarlo sobre su estatus migratorio, ni reportar su falta de estatus si de alguna manera se revela.

¿Las leyes antidiscriminatorias protegen a los trabajadores indocumentados?

Sí. Según las leyes federales y antidiscriminatorias de California, incluso si usted es un trabajador indocumentado, su empleador no puede despedirlo, negarse a contratarlo, acosarlo o tomar otras medidas en su contra debido a su origen nacional (incluyendo sus capacidades en el idioma inglés), raza, color, sexo, embarazo, religión, edad o discapacidad, o (según la ley de California) por otras razones como su orientación sexual. identidad de género (incluida la condición de transgénero), estado civil, estado militar, condición médica, embarazo y creencias políticas. En el Código Laboral de California se encuentran protecciones adicionales contra la discriminación, las cuales incluyen las protecciones para las víctimas de delitos que testifican en los juicios, los empleados que se toman tiempo libre para servir como jurado y las víctimas de violencia doméstica, agresión sexual y acoso. Pero si usted fue despedido por su empleador como parte de la discriminación en su contra, no está tan claro si puede, como trabajador indocumentado, recuperar los ingresos que perdió al ser despedido, o si puede recuperar su trabajo. Si teme represalias por presentar un reclamo, especialmente si su empleador ha amenazado con tomar represalias contra usted u otras personas en el lugar de trabajo, le recomendamos encarecidamente que hable con un abogado de inmigración lo antes posible para ayudarlo a evaluar su riesgo en función de su situación de inmigración individual.

¿Cómo presentar una reclamación? Si decide presentar una reclamación por discriminación, debe ponerse en contacto con la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo de los Estados Unidos (EEOC) o con el Departamento de Derechos Civiles de California, según la naturaleza de su reclamación. Si su reclamo tiene éxito, es posible que su empleador tenga que poner fin a sus prácticas ilegales y usted puede calificar para recibir compensaciones, incluyendo posiblemente ciertos daños monetarios.

Para obtener más información sobre sus derechos a no ser discriminado en el lugar de trabajo, consulte nuestra hoja informativa Discriminación y acoso en el empleo.

¿Puede mi empleador discriminarme porque soy indocumentado?

Los empleadores están obligados a negarse a contratar o despedir a un trabajador indocumentado una vez que tengan pruebas fehacientes de que no tienen una autorización de trabajo válida. La ley federal establece que es ilegal que los empleadores contraten o continúen empleando a sabiendas a trabajadores indocumentados. Por lo tanto, cuando se contrata a un empleado, su empleador debe solicitar documentos que muestren su identidad, así como su autorización para trabajar en los EE. UU., y esos documentos deben "parecer razonablemente genuinos".

A veces, sin embargo, los empleadores despiden a los trabajadores con la excusa de que eran indocumentados, cuando su verdadera razón para despedirlos fue en realidad otra cosa. Por ejemplo, un empleador puede decir que despidió a alguien debido a su falta de documentación porque no quiere admitir que la despidió porque quedó embarazada, es latina o porque se quejó de haber sido acosada sexualmente. En esos casos, debido a que los trabajadores indocumentados todavía están cubiertos por las leyes generales contra la discriminación en el empleo, el empleador todavía está violando la ley porque su verdadera razón para despedir al trabajador fue ilegal.

Del mismo modo, su empleador no puede usar su falta de estatus migratorio como excusa para despedirlo porque se quejó de la falta de pago de salarios, por una lesión en el lugar de trabajo o porque trató de ayudar a formar un sindicato en su lugar de trabajo. En esos casos, debido a que los trabajadores indocumentados todavía están cubiertos por leyes que prohíben a los empleadores tomar represalias contra los trabajadores que hacen valer sus derechos legales, el empleador todavía estaría violando la ley.

¿Qué derechos tengo si mi empleador me dice que la Administración del Seguro Social encontró un problema con mi número de Seguro Social?

En los últimos años, los empleadores han suspendido o despedido a trabajadores debido a la información recibida de la Administración del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés) de que hay un problema con su número de Seguro Social. A menudo, los empleadores confunden las cartas de "no coincidencia" de la SSA con información sobre el estado migratorio de un trabajador, aunque no dicen nada sobre ese estatus.

Un empleador puede estar infringiendo la ley si utiliza esa carta para amenazar a los trabajadores. Si su empleador le dice que la SSA se comunicó con él por un problema con su número de Seguro Social, puede comunicarse con Legal Aid at Work o hablar con otros abogados laborales, o con un abogado de inmigración, para ayudar a entender sus derechos antes de responder a su empleador.

Para obtener más información sobre este tema, consulte nuestra Hoja Informativa Sobre la Carta de No Coincidencia de la SSA.

¿Cómo pago mis impuestos sobre la renta si no tengo un número de Seguro Social?

Todos los trabajadores, incluso los indocumentados, deben declarar sus ingresos al Servicio Federal de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés) y al Departamento de Impuestos del estado de California (Franchise Tax Board). Incluso si se le paga en efectivo, usted está obligado a declarar sus ingresos. Además, si no paga sus impuestos sobre la renta, es posible que le rechacen ciertos beneficios que se pagan con el dinero de sus impuestos (por ejemplo, el Seguro Estatal de Incapacidad). Además, los inmigrantes necesitan demostrar que han pagado impuestos para calificar para muchas formas de alivio migratorio y beneficios para obtener un estatus migratorio legal.

Si no tiene un número de Seguro Social para declarar sus impuestos, y si no puede obtener uno porque es indocumentado, usted puede usar un Número de Identificación Personal del Contribuyente (ITIN, por sus siglas en inglés) para declarar correctamente sus ingresos. El Servicio de Impuestos Internos (IRS) puede emitir un ITIN a cualquier persona que obtenga ingresos en los Estados Unidos, pero que no califique para recibir un Número de Seguro Social. Como beneficio adicional, un ITIN se puede usar para abrir una cuenta bancaria en ciertas instituciones financieras.

Los trabajadores nunca deben dar su ITIN a sus empleadores. En cambio, los trabajadores deben usar los ITIN para presentar sus propias declaraciones de impuestos directamente ante el IRS.

¿Cómo Solicitar un ITIN? Si desea solicitar un ITIN, comuníquese con el Servicio de Impuestos Internos (IRS) y solicite el Formulario W-7. También puede pedirle al IRS información sobre los "Agentes de aceptación", que están autorizados por el IRS para ayudar a las personas a solicitar un ITIN. Normalmente, el IRS puede procesar su solicitud en un plazo de 6 a 8 semanas, pero puede tardar hasta 12 semanas o más. El IRS debe mantener confidenciales las declaraciones de impuestos que se presentan con ITIN, lo que significa que no deben usarlas para entregar a las personas a las autoridades de inmigración. Sin embargo, ha habido algunos casos en los que los inmigrantes que presentaron sus declaraciones de impuestos utilizando ITIN llamaron la atención de las autoridades de inmigración.

Si yo trabajo en California y tengo un cambio en mi número de Seguro Social, nombre o en mi documento de autorización de empleo federal, ¿cuáles son los riesgos que enfrento al actualizar esta información con mi empleador?

Según la ley de California, los empleadores no pueden despedir, discriminar, tomar represalias o tomar medidas adversas contra un empleado porque el empleado actualiza o intenta actualizar la información personal en función de un cambio legal de nombre, número de seguro social o documento de autorización de empleo federal.

Si vive en California y tiene dificultades con su empleador cuando intenta actualizar su información, debe informarles de su derecho a actualizar esa información. Consulte este modelo de carta que puede proporcionar a su empleador, en el que se explica que la actualización de la información personal de una persona está protegida por la ley estatal.

Algunos ejemplos de conductas prohibidas por parte de los empleadores incluyen:

  • Despedir a un empleado que intenta actualizar su número de Seguro Social
  • Degradar a un empleado que intenta proporcionar al empleador su nuevo nombre
  • Suspender a un empleado que intenta actualizar su Documento de Autorización de Empleo

Si cree que su empleador ha hecho algo de lo anterior, puede presentar una queja ante la División de Normas y Cumplimiento Laboral (DLSE, por sus siglas en inglés). Para obtener más información sobre cómo presentar una queja ante DLSE, visite http://www.dir.ca.gov/dlse/HowToFileDiscriminationComplaint.htm. Su queja debe presentarse dentro de los seis (6) meses posteriores a la represalia de su empleador en su contra. Si teme represalias por presentar un reclamo, especialmente si su empleador ha amenazado con tomar represalias contra usted u otras personas en el lugar de trabajo, le recomendamos encarecidamente que hable con un abogado de inmigración lo antes posible para ayudarlo a evaluar su riesgo en función de su situación de inmigración individual.

Para obtener más información sobre este tema, consulte nuestra hoja informativa Cómo actualizar su número de Seguro Social con su empleador.

Esta hoja informativa tiene como objetivo proporcionar información general y precisa sobre los derechos legales relacionados con el empleo en California. Sin embargo, debido a que las leyes y los procedimientos legales están sujetos a cambios frecuentes y a diferentes interpretaciones, Legal Aid At Work no puede garantizar que la información de esta hoja informativa esté actualizada ni ser responsable del uso que se le dé. No confíe en esta información sin consultar a un abogado o a la agencia apropiada sobre sus derechos en su situación particular.

Última actualización: Diciembre 2024