Usted recurrió una resolución del EDD en su contra. Usted asistió a una audiencia con un Juez de Derecho Administrativo en la Junta de Apelaciones del Seguro de Desempleo de California («CUIAB»). Pero, por desgracia, el juez decidió en su contra.
La decisión del juez no tiene por qué ser el final del proceso. Tiene derecho a recurrir la decisión ante los miembros del consejo de la CUIAB. El proceso no es difícil. Puede empezar hoy mismo.
Cómo iniciar el procedimiento de recurso
Para recurrir una decisión desfavorable, tiene que enviar el formulario de recurso o escribir una carta solicitándolo. Aquí tiene la información básica que necesita saber:
- Si se registró en el portal de recursos en línea, vaya a su página del portal y haga clic en el botón "Menú de solicitud de acción". A continuación, seleccione la opción "Presentar recurso ante la Junta" y haga clic en "Siguiente". La siguiente página es el formulario de recurso ante la Junta, que puede cumplimentar y enviar electrónicamente.
- Rellene todos los datos personales necesarios en el formulario de recurso. Puede encontrar el número de caso y la fecha de la audiencia en su portal de apelación, o en la primera página de la decisión del juez. Si escribe una carta, asegúrese de incluir su nombre, dirección, el número de caso de la decisión y la fecha en que envía el recurso.
- Proporcione un argumento a la CUIAB sobre por qué el Juez de Derecho Administrativo cometió un error en su caso.
- Presente el formulario electrónico o envíe por correo el formulario o la carta en un plazo de 30 días a partir de la fecha en que la decisión se cargó en el portal o se le envió por correo. Esta fecha debe aparecer impresa o estampada en la primera página de la decisión. Si la presenta por correo, envíe el formulario o la carta a la dirección que figura en la decisión.
¿Qué argumentos podrían convencer a los miembros del consejo de administración para revocar la decisión?
- Los miembros de la Junta van a revisar la grabación de audio de la vista y el expediente de apelación para ver si el juez cometió algún error en el caso.
- La Junta podría concluir que el juez cometió un error, por ejemplo:
- Al no reconocer el testimonio en la vista u otras pruebas del expediente.
- Calificando erróneamente su testimonio en la vista u otras pruebas del expediente;
- Explicando mal la ley, o contradiciendo otros casos que la CUIAB ha decidido.
- No es probable que la Junta revoque la decisión de un juez simplemente porque los miembros de la Junta pensaron que la historia que contó una persona era más creíble que la historia que contó otra persona en la vista.
- Si sabe que el juez cometió un error, querrá explicar por qué lo cometió en su recurso. Procure exponer los motivos concretos por los que el juez no falló a su favor y por qué esa decisión no fue correcta (ya sea por hechos que el juez no tuvo en cuenta o porque aplicó mal la ley).
¿Puedo revisar la grabación de la vista antes de preparar mi alegato?
Sí, puede escuchar una grabación de la vista antes de decidir si recurre la decisión del juez.
- Si se registró en el sistema en línea CUIAB MyAppeal, se cargará una grabación de audio de la audiencia en su portal. Puede acceder a ella haciendo clic en el botón "Recuperar archivos de grabación" de su portal y, a continuación, descargando el archivo de audio.
- Si no se registró en el sistema MyAppeal de la CUIAB, puede solicitar una copia del expediente administrativo completo. Puede escribir una carta a la CUIAB indicando "Solicito una copia completa del expediente de mi caso, incluida una grabación de la audiencia administrativa. Solicito el derecho a presentar alegaciones por escrito después de recibir una copia del expediente". Se le proporcionará gratuitamente una copia del expediente y una grabación de la audiencia, que se le enviará por correo junto con una copia en papel de todo el expediente administrativo. Una vez que se le envíe dicho expediente, dispondrá de 12 días para enviar sus alegaciones a la Junta.
- Si solicita el expediente de la audiencia, le sugerimos que espere a presentar un argumento por escrito hasta que reciba el expediente completo de la audiencia, para no tener que cambiar o retractarse de nada de lo que haya dicho. No obstante, no está de más que prepare su argumentación antes de recibir el expediente, para que no se le pase el plazo de 12 días.
- Si dispone de un portal de recurso en línea y ya cuenta con el expediente administrativo, pero aún necesita más tiempo para redactar una argumentación contra la decisión del juez, debe solicitar a la Sala que fije un nuevo plazo para presentar la argumentación escrita en su formulario de recurso en línea.
¿Puedo presentar pruebas adicionales para que las examine la Junta?
Sí, si cree que hay pruebas adicionales que podrían apoyar su caso, puede aportarlas con su recurso o argumentación. Puede subir estas nuevas pruebas con su recurso, explicando su importancia y por qué no pudo presentarlas antes, o presentarlas con su formulario de recurso o argumentación escrita por correo.
Si presenta nuevas pruebas, debe hacerlo de la siguiente manera:
- Envíe a la Junta una copia de las pruebas.
- Explica por qué las pruebas son importantes para el caso.
- Explique por qué no pudo presentarla para la primera audiencia.
Los miembros de la Junta no siempre aceptan nuevas pruebas. Sólo las aceptarán si les explica por qué son importantes y por qué no las presentó antes.
¿Ha perdido el formulario de recurso?
- Si se ha registrado en MyAppeal, no necesita un formulario de apelación en papel. Siga las instrucciones anteriores para presentar su apelación a través del portal de apelaciones en línea.
- Si no se registró en MyAppeal antes de la audiencia, puede hacerlo incluso después de recibir la resolución. Visite https://cuiab.ca.gov/myappeal/ para obtener instrucciones sobre cómo registrarse en MyAppeal.
- Si no se registró o no puede registrarse en MyAppeal, debería haber recibido por correo una copia del formulario de recurso con la decisión. Pero si la ha perdido o no la encuentra, ¡no pasa nada!
- Puede imprimir el formulario de recurso en el sitio web de la CUIAB: https://cuiab.ca.gov/wp-content/uploads/sites/13/2023/12/CAMS-Board-Appeal.pdf.
- También puede enviar una carta a la CUIAB que incluya la siguiente información: su nombre y dirección, el número de caso que figura en la decisión y una declaración en la que indique que desea recurrir la decisión. Al final de esta hoja informativa figura un modelo de carta.
¿Se le ha pasado el plazo de 30 días? Aún puede recurrir la decisión.
Incluso si apela la decisión después de que haya vencido el plazo para hacerlo, los miembros de la junta seguirán revisando su recurso si consideran que tiene una buena razón para enviarlo fuera de plazo.
Cuando presente el recurso por internet o escriba la carta a la CUIAB junto con el formulario de recurso, tendrá que explicar por qué no ha podido enviar su recurso a tiempo. La Junta determinará si usted tenía una "causa justificada", es decir, una razón suficientemente buena, para el retraso.
Una buena causa puede significar todo tipo de razones diferentes, incluyendo:
- Tuvo problemas para entender la decisión y sus derechos.
- No tuvo representación legal a tiempo para enviarla dentro del plazo.
- Estaba lidiando con problemas médicos.
- No ha recibido la decisión a tiempo.
- Envió el recurso pocos días después de la fecha límite.
¿Qué ocurre después de presentar el recurso?
- A diferencia de la primera apelación, no tendrá otra audiencia ante un juez. En esta fase, dos miembros de la Junta de la CUIAB revisarán la decisión escrita, la grabación de audio de la audiencia y cualquier prueba adicional o argumento escrito que usted haya presentado. Después de enviar sus argumentos, en realidad no tiene nada que hacer, salvo esperar la decisión de la Junta.
- La decisión de la Junta puede confirmar (ratificar) la decisión del juez, puede revocar la decisión en su totalidad, puede revocar parte de la decisión o puede devolver la decisión al EDD para un nuevo examen.
- Normalmente, la Junta sólo anula la decisión del juez si encuentra algún tipo de error legal obvio o una conclusión de hecho sin fundamento. No es ni mucho menos algo seguro, pero, como se explica a continuación, puede merecer la pena.
- La nueva decisión de la Junta se cargará en el portal de recursos en línea MyAppeal o se le enviará por correo.
¿Por qué debe recurrir?
- Que alguien sea juez no significa que todo lo que diga sea correcto. Incluso si no sabe con seguridad de que la decisión del juez sea incorrecta, tiene derecho a pedir que los miembros de la Junta la revisen para asegurarse de que se ha aplicado la ley correctamente y tiene una base justa para las determinaciones de hecho que hizo el juez.
- No hay nada malo en recurrir su decisión. Si pierdes el recurso, no hay consecuencias negativas adicionales.
- Si se le ha evaluado un sobrepago, incluso si el EDD y el juez tienen razón en que usted no tenía derecho a las prestaciones, aún podría tener derecho a una condonación del sobrepago.
- Si el EDD y el juez deciden que usted hizo una declaración falsa, esa decisión podría dificultarle recibir prestaciones de desempleo en el futuro. Aunque esté económicamente seguro o no considere que obtener prestaciones por desempleo sea importante para usted en este momento, puede que quiera proteger su capacidad de acceder a las prestaciones del seguro de desempleo para el futuro.
- Después de que la Junta revise el caso, si usted no está de acuerdo, puede presentar una Petición de Mandato ante el Tribunal Superior de su condado, dentro de los seis meses siguientes a la fecha de envío de la decisión de la Junta. Para más información sobre este proceso, consulte nuestra hoja informativa You Want to File a Writ of Mandate.
Modelos de documentos que le ayudarán a recurrir
Aquí hay una plantilla para mostrar cómo se pueden hacer algunos de los argumentos explicados anteriormente.
Última actualización: Diciembre 2024