FAQ: Ordenanza sobre lugares de trabajo favorables a la familia de San Francisco

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¿Qué es la Ordenanza sobre Lugares de Trabajo Favorables a las Familias de San Francisco?

La Ordenanza sobre Lugares de Trabajo Favorables a las Familias de San Francisco (FFWO, por sus siglas en inglés) proporciona a los empleados que trabajan en San Francisco el derecho a modificaciones en su trabajo, incluyendo horarios flexibles o predecibles, para ayudar con sus responsabilidades familiares de cuidado, incluyendo la crianza de los hijos. La FFWO se aprobó originalmente en 2014, pero las nuevas enmiendas que entraron en vigor el 12 de julio de 2022 proporcionaban importantes derechos.

¿Qué tipo de modificaciones puedo solicitar en mi trabajo al amparo de la FFWO?

Puede solicitar cualquier modificación en el lugar de trabajo que le ayude a cuidar de su hijo, de un familiar con una enfermedad grave o de un familiar mayor de 65 años. Pueden incluir:

    • Una modificación en las horas que trabaja, incluido el trabajo a tiempo parcial, el empleo a tiempo parcial o el trabajo compartido.
    • Una modificación en su horario de trabajo, incluyendo cambiar su horario, tener horarios variables u horarios predecibles.
    • Una modificación en su lugar de trabajo, incluido el teletrabajo.
    • Una modificación en las asignaciones o tareas de su trabajo.

Por ejemplo, un padre puede pedir empezar y terminar de trabajar una hora antes para poder acudir a la guardería por la mañana. Otro trabajador podría pedir dos horas libres los viernes por la tarde para poder ayudar a su madre anciana con las citas médicas. Otro podría pedir que se le asigne un proyecto que implique menos reuniones nocturnas para poder asistir a los actos escolares de su hijo.

¿Estoy cubierto por la FFWO?

Están cubiertos los empleados que trabajen al menos 8 horas semanales dentro de San Francisco (incluido el teletrabajo para una empresa de San Francisco desde otro lugar) y hayan trabajado al menos 6 meses para una empresa con 20 o más empleados.

¿Quién se considera cuidador en virtud de la FFWO?

Usted es cuidador si proporciona cuidados continuos, regulares y sustanciales a su hijo o a un cónyuge, pareja de hecho, padre, hermano, nieto o abuelo (con el que esté emparentado por consanguinidad, afinidad o pareja de hecho) que padezca una enfermedad grave o tenga 65 años o más.

¿Cómo solicito modificaciones en mi trabajo en el marco de la FFWO?

Puede hablar o escribir a su empresa para comunicarle que le interesa en un acuerdo de trabajo flexible o predecible. Debe explicar cuándo le gustaría que comenzaran las modificaciones, durante cuánto tiempo querría que continuaran y por qué necesita la modificación debido a sus responsabilidades como cuidador. Su empresa puede exigirle que presente su solicitud por escrito. Haga su solicitud al menos 21 días antes de necesitar la modificación.

Por ejemplo, puede enviar un correo electrónico a su empleador diciendo:

«Quisiera solicitar que no se me programe trabajo de 5 a 7 de la mañana los miércoles a partir del 20/8/2022, para poder llevar a mi hija a su guardería por las mañanas. Me gustaría que este acuerdo continuara hasta el 20/6/2023. Hago esta petición en virtud de la Ordenanza sobre Lugares de Trabajo Favorables a las Familias de San Francisco».

Si habla con su empleador, haga un seguimiento por escrito para confirmarlo.

¿Qué ocurre tras solicitar estas modificaciones en mi trabajo con arreglo a la FFWO?

Su empresario debe darle una respuesta por escrito en un plazo de 21 días a partir de su solicitud. Debe aceptar su modificación solicitada o trabajar con usted para encontrar una modificación diferente que sea aceptable para ambos. Debe proporcionar una modificación para ayudar con su necesidad de cuidado a menos que no haya ninguna modificación que le satisfaga sin causar a su empleador una dificultad excesiva.

¿Cuándo puede mi empresario denegar una solicitud de modificación de trabajo en virtud de la FFWO?

Un empleador debe proporcionar una modificación para ayudar con su necesidad de cuidado a menos que cualquier posible modificación le causara «dificultades excesivas». Una dificultad excesiva supone un coste significativo o una dificultad operativa. El hecho de que algo suponga un coste o una dificultad importante se determina en función del tamaño, los recursos financieros y la estructura de la empresa del empresario.

¿Qué hago si mi empleador no acepta una modificación en mi trabajo para ayudarme con el cuidado?

Si le deniegan la solicitud y su empresa no le proporciona la modificación que necesita, puede escribir a su empresa en un plazo de 30 días desde la decisión para pedir que se lo vuelva a plantear. En respuesta, su empleador debe organizar una reunión para discutirlo con usted en un plazo de 21 días. En un plazo de 14 días tras la reunión, su empresario debe responderle con una decisión final por escrito. Si aun así se niegan a realizar la modificación que usted necesita, deben incluir en su decisión por escrito las razones por las que consideran que la modificación que usted solicita le supondría una carga excesiva. Si no está de acuerdo con la decisión de su empresario, puede presentar una denuncia ante la Oficina de Cumplimiento de las Normas Laborales ((415) 554-6424 o ffwo@sfgov.org).

¿Puedo recibir peor trato por parte de mi empresario por haber presentado una solicitud al amparo de la FFWO?

No. La FFWO prohíbe a los empleadores despedir, amenazar con despedir, degradar, suspender o adoptar cualquier medida negativa contra un empleado porque sea un cuidador o porque pidiera una modificación bajo la FFWO o tomara medidas para tratar de hacer valer sus derechos bajo la FFWO, incluyendo pedir una reconsideración o presentar una queja ante la OLSE.

¿Importa si mi empresa tiene su sede fuera de San Francisco?

Para estar cubierto, un empresario debe tener un establecimiento comercial físico dentro de los límites de San Francisco.

¿Me cubre la FFWO si «teletrabajo»?

Si teletrabaja, es decir, trabaja desde casa o desde otro espacio que no sea una oficina, está cubierto por la FFWO si su empresa tiene una oficina o lugar de trabajo en San Francisco al que le haya asignado. Los factores que determinan el lugar de destino pueden incluir la ubicación del ordenador, el jefe, los compañeros o el expediente personal, el lugar de trabajo anterior y la proximidad a la oficina o al lugar de trabajo.

¿Puede mi empleador pedirme que demuestre mis responsabilidades como cuidador?

Sí. Su empresario puede exigirle que demuestre sus responsabilidades como cuidador antes de aceptar modificaciones en su trabajo. Sin embargo, no pueden solicitar más información que la necesaria para determinar si su solicitud cumple los requisitos de la FFWO.

¿Puede mi empresario modificar o retirar las modificaciones introducidas en mi trabajo en virtud de la FFWO?

El arreglo puede modificarse si tanto usted como su empresario están de acuerdo con las modificaciones. Si su empresario considera que es demasiado difícil seguir ofreciéndole la modificación de trabajo que ha solicitado, está obligado a colaborar con usted para intentar encontrar un acuerdo diferente que satisfaga a ambos. Si no puede encontrar un acuerdo que no cause a su empresario una dificultad excesiva, este puede rescindir el acuerdo siempre que se lo comunique con 14 días de antelación.

¿A quién debo dirigirme si creo que mi empresa ha infringido la FFWO?

La Oficina de Cumplimiento de las Normas Laborales (OLSE) investiga las posibles infracciones de la FFWO. Si cree que su empresa ha infringido la FFWO, debe ponerse en contacto con la OLSE en el (415) 554-6424.También puede ponerse en contacto con Legal Aid at Work (legalaidatwork.org/wf, (800) 880-8047) para obtener más información sobre la FFWO u otros derechos laborales a adaptaciones o permisos retribuidos.

¿Cambian las modificaciones de 2022 de la FFWO lo que mi empresario está obligado a proporcionarme si solicito modificaciones en mi trabajo?

Sí. Antes, los empresarios sólo tenían que tener en cuenta la petición del empleado, pero podían denegarla alegando cualquier motivo empresarial de buena fe. Las modificaciones de 2022 exigen que los empresarios faciliten las modificaciones solicitadas a menos que supongan una dificultad excesiva.