1. ¿Cuándo debería recibir el último sueldo de mi empresa?
En la mayoría de los casos, debería poder cobrar íntegramente el último día de trabajo. En California, cuando un empleado es despedido o dimite tras avisar con 72 horas de antelación, debe cobrar su salario íntegro el último día de trabajo. Estos empleados deben cobrar el salario íntegro aunque el despido sea temporal o estacional.
Si un empleado dimite con menos de 72 horas de preaviso, el empresario debe pagarle la totalidad del salario en un plazo de 72 horas a partir del último día de trabajo del trabajador.
2. ¿Debo recibir una compensación por las vacaciones no pagadas cuando termine mi trabajo?
Sí. La ley no obliga a las empresas a pagar vacaciones a sus empleados. Sin embargo, si su empresa le proporciona prestaciones de vacaciones, tiene que pagarle el tiempo de vacaciones no utilizado cuando finalice su contrato de trabajo. La compensación de las vacaciones no disfrutadas debe abonarse como parte del salario final.
3. ¿Existen sanciones si el empresario no me abona a tiempo la totalidad del último salario?
Sí. Un empresario que no pague todos los salarios finales a un empleado dentro de los plazos especificados anteriormente puede ser objeto de sanciones por «tiempo de espera» si esta situación de adeudo fue intencionada.
Si un empleado presenta una reclamación por salarios impagados y se imponen sanciones, el empresario debe pagar al trabajador, además de los salarios impagados, un día completo de salario por cada día que el empleado haya estado esperando a recibir su salario final completo, hasta un total de 30 días de salario del trabajador. Por ejemplo, si se despide a un trabajador un viernes 7 de abril, pero no se le paga íntegramente hasta el 15 de abril, se le deben 8 días de salario en concepto de penalización por tiempo de espera. Si el trabajador tiene que esperar hasta el 14 de mayo, se le adeudarán 30 días de salario en concepto de penalización por tiempo de espera.
Un trabajador también puede recuperar una penalización por tiempo de espera si el empresario no le abonó parte de su salario. Pensemos por ejemplo en un cocinero que ha sido despedido de un restaurante. Esta persona trabajaba 8 horas al día excepto dos días al mes, en que trabajaba 9 horas. Si el empresario pagó las horas extraordinarias como exige la legislación de California y abonó al cocinero su último cheque en la fecha en que fue despedido, el cocinero no tendría derecho a ninguna penalización por tiempo de espera. Sin embargo, si el restaurante no le pagó los salarios de prima por horas extraordinarias cuando el cocinero trabajaba más de 8 horas al día, el cocinero podría recuperar las penalizaciones por tiempo de espera tras ser despedido porque el cheque final no incluía todos los salarios adeudados por el empresario.
Si el empresario y el cocinero no están de acuerdo sobre si el cocinero trabajó horas extraordinarias, y hubo una disputa de buena fe sobre si trabajó dichas horas extraordinarias, entonces el cocinero no podría recuperar las penalizaciones por tiempo de espera, porque la falta de pago de esos salarios por parte del empresario no fue «intencionada».
4. ¿Cómo puedo recuperar mi última paga?
No existe una única forma de recuperar el salario. Si no le han pagado su salario final, puede enviar o entregar una carta a su responsable para solicitar el pago inmediato antes de emprender acciones legales. Aquellos trabajadores que necesitan su último salario de forma inmediata suelen decantarse por esta opción. También puede presentar una reclamación ante la División de Normas Laborales y Ejecución, o interponer una demanda. Para más información, puede concertar una cita con nuestra Clínica de Derechos de los Trabajadores.