¿Qué es el antisemitismo?
El antisemitismo incluye el odio o los prejuicios contra los judíos, las personas percibidas como judías o las personas asociadas con los judíos o la religión judía. Cuando el antisemitismo aparece en el lugar de trabajo, puede llevar a que los empleados sean acosados, marginados o discriminados de otras formas que pueden violar las leyes federales y de California sobre derechos civiles.
Aunque no tiene una definición única y universalmente aceptada, generalmente se entiende que el "antisemitismo" incluye ciertos elementos comunes. Por ejemplo, el Departamento de Estado de EE.UU. ha citado una definición de trabajo creada por el Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia: "El antisemitismo es una cierta percepción de los judíos, que puede expresarse como odio hacia los judíos. Las manifestaciones retóricas y físicas del antisemitismo se dirigen contra individuos judíos o no judíos y/o sus propiedades, contra instituciones de la comunidad judía e instalaciones religiosas"[1 ] Proporciona una serie de ejemplos de acciones que deben considerarse antisemitas:
- Pedir, ayudar o justificar el asesinato o el daño a judíos (a menudo en nombre de una ideología radical o una visión extremista de la religión).
- Hacer alegaciones mendaces, deshumanizadoras, demonizadoras o estereotipadas sobre los judíos como tales o sobre el poder de los judíos como colectivo, especialmente, pero no exclusivamente, el mito de una conspiración judía mundial o de que los judíos controlan los medios de comunicación, la economía, el gobierno u otras instituciones sociales.
- Acusar a los judíos como pueblo de ser responsables de fechorías reales o imaginarias cometidas por una sola persona o grupo judío, por el Estado de Israel o incluso por actos cometidos por no judíos.
- Acusar a los judíos como pueblo, o a Israel como Estado, de inventar o exagerar el Holocausto.
- Acusar a los ciudadanos judíos de ser más leales a Israel, o a las supuestas prioridades de los judíos de todo el mundo, que al interés de sus propias naciones.
Es importante señalar que, además de la discriminación religiosa (incluida la no adaptación razonable a las prácticas religiosas de los empleados judíos), el antisemitismo puede adoptar, según las circunstancias, la forma de discriminación por ascendencia,[2] origen nacional[3] o raza[4].
¿Es ilegal el antisemitismo en el lugar de trabajo?
En virtud del Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964, así como de la Ley de Igualdad en el Empleo y la Vivienda de California, la discriminación o el acoso antisemitas en el lugar de trabajo son ilegales, y pueden (dependiendo de la situación) tratarse como una forma de discriminación y acoso por motivos religiosos, de origen nacional y/o ascendencia. Por ejemplo, si las personas judías reciben un trato diferente en relación con la selección de solicitudes, las entrevistas de trabajo, la contratación, los ascensos, las condiciones de trabajo, la remuneración y los traslados o despidos, ello podría constituir una violación de dichas leyes. Del mismo modo, el acoso que invoca las creencias antisemitas descritas anteriormente, o los insultos o estereotipos antisemitas, puede ser tan grave o generalizado como para crear un entorno de trabajo hostil ilegal.
Además, la denegación por parte de un empleador de ajustes religiosos razonables a empleados judíos -como permitir ajustes de horario o permisos para observar el Shabat o festividades como Rosh Hashanah o Yom Kippur, permitir el uso de kipá o chales de oración, o negarse a reconocer las festividades religiosas judías en pie de igualdad con las de otras religiones- también puede constituir discriminación ilegal.
En estas situaciones, los empresarios deben considerar todas las alternativas disponibles para intentar conceder la adaptación religiosa. Si deniegan la solicitud, tendrán que demostrar que la carga que pesa sobre ellos es sustancial dada la naturaleza y el funcionamiento de la empresa.
¿Qué debo hacer si creo que he encontrado antisemitismo en mi lugar de trabajo?
Si cree que ha sido discriminado o acosado por ser judío, por ser percibido como judío o por su asociación con compañeros de trabajo o causas judías (incluida la denuncia del antisemitismo), debe notificarlo inmediatamente a su empresa, preferiblemente presentando una queja formal. En virtud de la ley, su empresa está obligada a investigar las denuncias de discriminación y acoso y, cuando se demuestre que se han producido tales acciones, a tomar medidas rápidas y eficaces para poner fin a las mismas y evitar que vuelvan a producirse. Si no lo hace, puede ser responsable de la discriminación y el acoso ejercidos por sus empleados.
Si su empresa no toma medidas rápidas y eficaces para poner fin a la discriminación o el acoso, puede presentar una denuncia por discriminación o acoso ante la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo de EE.UU. ("EEOC") o el Departamento de Derechos Civiles de California ("CRD") si desea conservar su derecho a presentar una demanda legal ante un tribunal federal o estatal de California. Tenga en cuenta que si decide presentar su denuncia ante la EEOC, en California deberá hacerlo en un plazo de 300 días a partir del momento en que se produjo la discriminación o el acoso. En cambio, si opta por presentarla ante el CRD, deberá hacerlo en un plazo de tres años a partir de la fecha en que se produjo la discriminación o el acoso. Consulte nuestra Discriminación y acoso en el empleo y Cómo presentar una denuncia por discriminación para obtener más información sobre los requisitos de elegibilidad del tamaño de la empresa y cómo presentar una reclamación ante cualquiera de estos organismos.
Hojas informativas pertinentes sobre asistencia jurídica en el trabajo
- Discriminación y acoso en el empleo
- Cómo presentar una denuncia por discriminación
- Discriminación religiosa y acomodación en el lugar de trabajo
- Víctimas de violencia de odio o amenazas de violencia
Recursos externos
- U.S. Equal Employment Opportunity Commission- Discriminación por origen nacional
- Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo de EE.UU. - Discriminación religiosa
- U.S. Equal Employment Opportunity Commission - La discriminación antiárabe, antimusulmana y antisemita es ilegal
- Departamento de Derechos Civiles de California - California contra la iniciativa del odio
[1] https://web.archive.org/web/20170210041344/https://www.state.gov/s/rga/resources/267538.htm.
[2] La Ley de Igualdad en el Empleo y la Vivienda de California prohíbe la discriminación en el empleo basada, entre otras cosas, en la ascendencia o supuesta ascendencia de un empleado. Cal. Gov't Code § 12940(a).
[3] Véase Saint Francis College v. Al-Khazraji, 481 U.S. 604 (1987) (interpretación de 42 U.S.C. § 1981).
[4] Véase Shaare Tefila Congregation v. Cobb, 481 U.S. 615 (1987) (interpretación de 42 U.S.C. § 1982).
Última actualización: Octubre 2024