SB 1349: Informe de datos de atletismo escolar

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Fair Play for Girls in Sports es un proyecto de la Legal Aid Society-Employment Law Center enfocado en aumentar las oportunidades deportivas de las chicas con bajos ingresos. Las niñas que practican deportes escolares de competición disfrutan de beneficios desde el aula, al lugar de trabajo (como adultas) y durante toda la vida. En virtud del Título IX, las chicas pueden exigir y conseguir la igualdad en los equipos deportivos de sus colegios.

¿Qué es el SB 1349?

  • Según el SB 1349, a partir del curso escolar 2015-16 y todos los cursos siguientes, todas las escuelas públicas de primaria, secundaria y concertadas que ofrezcan deportes interescolares de competición en California deberán informar en su sitio web escolar (o en el del distrito si no existe sitio web escolar) sobre la participación atlética de chicos y chicas al final de cada curso escolar.

¿Qué datos deben publicarse en virtud del SB 1349?

  • Matriculación total de alumnos por sexo: número de niños y niñas matriculados en el centro educativo.
  • Atletas por sexo: número de chicos y chicas que practican deportes de competición en el centro educativo.
  • Equipos por sexo, deporte y nivel: número de equipos masculinos y femeninos, clasificados por deporte y nivel de competición (utilizando el número de jugadores en las listas el primer día oficial de competición).

¿Cómo apoyará el SB 1349 a la equidad deportiva?

  • El Título IX exige que el número de oportunidades atléticas, para chicos y chicas, atletas reales participantes, sea proporcional al número de chicas y chicos en la escuela. Por ejemplo, una escuela con un 51 % de mujeres debería tener un programa deportivo con un 51 % de atletas femeninas.
  • SB 1349 reforzará la aplicación del Título IX exigiendo a las escuelas que informen sobre las tasas de participación deportiva y las oportunidades por género. Los centros escolares, así como los estudiantes y sus familias, podrán hacer un seguimiento de estos datos para garantizar que el centro identifica y aborda las diferencias de género en los programas deportivos. Estos informes harán que las escuelas respondan de sus obligaciones en virtud del Título IX.

¿Dónde puedo obtener más información?

  • Póngase en contacto con Fair Play for Girls in Sports [877-593-0074 (llamada gratuita) & fairplay [at] legalaidatwork.org] si tiene preguntas sobre el SB 1349 y/o el Título IX. El texto completo de la ley se encuentra a continuación/en la página siguiente.

Descargo de responsabilidad: consulte a un abogado sobre cualquier caso concreto, ya que esta hoja informativa no constituye asesoramiento jurídico.

Texto íntegro de la Ley

(a) Comenzando con el curso escolar 2015-16 y cada curso a partir de entonces, cada escuela pública primaria y secundaria en el estado, incluyendo cada escuela concertada, que ofrece atletismo competitivo deberá poner a disposición del público a final de curso de la siguiente información:

(1) La matrícula total de la escuela, clasificada por género.

(2) El número de alumnos matriculados en el centro que participan en competiciones deportivas, clasificados por género.

(3) El número de equipos masculinos y femeninos, clasificados por deporte y por nivel de competición.

(b) Los datos requeridos conforme a la subdivisión (a) reflejarán el número total de jugadores en la lista de un equipo el primer día oficial de competición.

(c) La escuela pondrá a disposición del público la información especificada en la subdivisión (a) de la siguiente manera:

(1) Si el centro dispone de un sitio web en Internet, publicando la información en el sitio web del centro.

(2) Si el centro no dispone de un sitio web en Internet, enviando la información a su distrito escolar o, en el caso de un centro concertado, a su operador concertado. El distrito escolar o el operador chárter publicará la información en su sitio web de Internet y la información se desglosará por centro escolar.

(d) Los materiales utilizados por una escuela para recopilar la información especificada en la subdivisión (a) serán conservados por la escuela durante al menos tres años después de que la información se publique en Internet de conformidad con la subdivisión (c).

(e) Tal y como se utiliza en esta sección, «atletismo competitivo» significa deportes en los que la actividad tiene entrenadores, una organización rectora y prácticas, y compite durante una temporada definida, y tiene la competición como objetivo principal.