¿Qué es el salario mínimo?
Las leyes del salario mínimo protegen a los empleados asegurándose de que se pague una remuneración mínima por cada hora por toda la jornada trabajada por los empleados por parte de los empresarios.
En California, el salario mínimo estatal en 2023 es de 15,50 $ la hora. Muchas ciudades, como Los Ángeles, San Francisco y San José, tienen salarios mínimos más altos.
¿Todo trabajador tiene derecho a un salario mínimo?
Casi todos los trabajadores tienen derecho a un salario mínimo. En caso de trabajar para su cónyuge, padre o hijo, no tiene derecho al salario mínimo. Sin embargo otros parientes cercanos (como tíos, tías y hermanos) están plenamente protegidos por la ley y deben cobrar al menos el salario mínimo.
Los trabajadores que están aprendiendo una nueva habilidad y no tienen experiencia similar o relacionada, denominados «aprendices», pueden cobrar una tarifa reducida del 85 % del salario mínimo, redondeado al céntimo más cercano, pero sólodurante las primeras 160 horas de trabajo. Por ejemplo, un trabajador de fábrica que nunca haya trabajado con un determinado tipo de máquina puede cobrar la tarifa reducida mientras aprende a manejar esa máquina concreta.
¿El salario mínimo es igual en toda California?
No, muchas ciudades y algunos condados de California tienen salarios mínimos más altos. (las ciudades y los condados no pueden imponer un salario inferior al mínimo de California). Por ejemplo: Los Ángeles, las zonas no incorporadas del condado de Los Ángeles, Oakland, Pasadena, San Diego, San Francisco, San José y Santa Clara tienen salarios mínimos superiores al mínimo estatal.
Puede utilizar The Economic Policy Institute's Minimum Wage Tracker para informarse de si el condado/ciudad en que trabaja tiene un salario mínimo más alto.
En caso de vivir en una ciudad y trabajar en otra, ¿qué salario mínimo se aplica?
El salario mínimo que se le aplica es el de la ciudad en que trabaja. Por ejemplo, si vive en Daly City, pero trabaja en San Francisco, tiene derecho al salario mínimo de San Francisco.
Muchas personas trabajan ahora de forma remota desde casa. Si trabaja desde casa, se aplica el salario mínimo de la ciudad en la que vive.
¿Y si mi trabajo requiere viajar y lo hago en más de una ciudad?
Normalmente, el salario mínimo local aplicado será al trabajo realizado en la ciudad en la que el empleado trabaje dos o más horas durante una semana determinada.
Si su trabajo le obliga a desplazarse a otra ciudad con su propia ordenanza de salario mínimo y trabajar al menos dos horas en ella, tiene derecho a percibir el salario mínimo de esa ciudad por el trabajo que haya realizado allí.
¿Y si acepto cobrar menos del salario mínimo?
Aunque haya aceptado cobrar menos del salario mínimo, tiene derecho a cobrar el salario mínimo. Tiene derecho a cobrar el salario mínimo por cada hora trabajada, aunque previamente haya acordado con su responsable que trabajaría por menos. En definitiva, no puede renunciar al salario mínimo: es su derecho, diga lo que diga o haga lo que haga. Si ha aceptado trabajar por menos dinero, puede presentar una demanda para alcanzar el salario mínimo.
¿Y si acepto trabajar de forma voluntaria?
Un auténtico voluntario no es un empleado y no tiene derecho al salario mínimo. Sin embargo, algunos empresarios intentan evitar pagar a los trabajadores llamándoles «voluntarios» aunque en realidad no lo sean.
Si trabaja para una empresa con ánimo de lucro, no es voluntario.Sólo las empresas sin ánimo de lucro (como iglesias y organizaciones comunitarias) pueden tener voluntarios no remunerados.Aunque trabaje para una organización sin ánimo de lucro, sólo se le considerará voluntario si no colabora en una sección de la organización sin ánimo de lucro que sea una empresa comercial que compita con otras empresas.
Por ejemplo, si vende ropa en una tienda de segunda mano de una iglesia, usted es un empleado. Además, debe quedar muy claro que está dispuesto a trabajar para la organización sin ánimo de lucro sin remuneración. Si hay pruebas de que esperaba algún tipo de remuneración (aunque sea en forma de comida o alojamiento) o de que su responsable sin ánimo de lucro le coaccionó para que se denominara «voluntario», es muy posible que en realidad sea un empleado que tiene derecho al salario mínimo.
¿Es relevante si me pagan por día, a la semana o por obra, en lugar de por hora?
Algunos de los trabajadores asalariados mejor pagados están exentos del salario mínimo, pero la mayoría de los trabajadores tienen derecho a un salario mínimo por todas las horas trabajadas. Aunque le paguen por obra, a comisión o por días, debe percibir al menos el salario mínimo por cada hora que trabaje y cada hora que esté bajo el control de su responsable.
Si, por ejemplo, le pagan 1 $ por obra y sólo hace 5 obras en una hora, su empresario no puede pagarle sólo 5 $ por esa hora. El empresario debe pagarle el salario mínimo.
Algunos de los trabajadores asalariados mejor pagados están exentos del salario mínimo. Para estar exento del salario mínimo, tiene que ganar el equivalente al doble del salario mínimo estatal por un empleo a tiempo completo. Por ejemplo, si trabaja en una empresa con 26 o más empleados, en 2021 tendría que ganar al menos 58 240 $ (que es el doble del salario mínimo por hora, 14 $, por 40 horas semanales durante 52 semanas). También tiene que desempeñar principalmente determinadas funciones ejecutivas, profesionales o administrativas.
Si recibo propinas, ¿puede mi empresario pagarme menos del salario mínimo?
No. Su responsable tiene la obligación de pagarle el salario mínimo, y no puede utilizar sus propinas para compensar su obligación.
¿Y si mi responsable me paga en comida o alojamiento?
En casos muy concretos, el empresario puede sustituir parte (no todo) del salario mínimo por conceptos como vivienda o comida. Para «descontar» el alojamiento o la comida del salario mínimo, el empresario debe tener un acuerdo voluntario por escrito con cada empleado que reciba esta sustitución. Incluso en los casos en los que el empresario disponga de un acuerdo por escrito, existen límites a las cantidades que pueden deducirse por alojamiento o manutención. Encontrará más información sobre las retenciones máximas en la página web del Departamento de Relaciones Industriales.
Mi responsable nunca me ha comentado cuál es mi salario por hora, ¿cómo puedo calcularlo?
Depende de cómo le paguen:
- Si conoce sus ingresos anuales, divida esa cifra entre 52 semanas y, a continuación, divida la respuesta entre el número de horas que trabaja a la semana.
- Jay gana 18 000 $ al año (sin impuestos) y trabaja una media de 25 horas semanales.
- 18 000 $/ 52 semanas = 346,15 $ semanales
- 346,15 $/25 horas = 13,85 $.
Jay gana aproximadamente 13,85 $ por hora
- Si le prometieron un salario mensual, multiplique esa cifra por 12 meses y divida la respuesta por 52 semanas. Por último, (a) divida la respuesta entre el número de horas que trabaja a la semana, o (b) divida la respuesta entre 40, si trabaja 40 horas a la semana.
- A Nora le prometieron 1200 $ al mes (sin impuestos), y trabaja una media de 30 horas semanales.
- 1200 $ x 12 meses = 14 400 $ anuales
- 14 400 $/52 semanas = 276,92 $ semanales
- 276,92 $/30 horas = 9,23 $
Nora gana aproximadamente 9,23 $ por hora.
Si no sabe exactamente cuántas horas ha trabajado, haga una estimación lo mejor posible. Su responsable tiene la obligación de mantener un registro detallado sobre su trabajo. Usted puede modificar su reclamación tras recibir los registros de su empresario. Legal Aid at Work ofrece un modelo gratuito que puede utilizar para enviar a su empleador una carta de solicitud de registros.
Legal Aid at Work puede ayudarle a calcular los salarios que le deben a través de nuestras clínicas de reclamación de salarios.
Ganaba el salario mínimo (o más), y entonces mi responsable dejó de pagarme por un trabajo que ya había realizado. ¿Eso significa que mi responsable ha infringido la ley del salario mínimo?
Sí. Su responsable tiene la obligación de pagarle al menos el salario mínimo por cada hora trabajada. Si no ha recibido el pago por todas las horas trabajadas, su responsable ha infringido la ley del salario mínimo (aunque normalmente gane más que el salario mínimo).
¿Qué hago si mi empresa no me paga el salario mínimo?
Si le han pagado menos del salario mínimo durante cualquier período de pago por cualquier trabajo, puede llamar a nuestra Clínica de Derechos del Trabajador para recibir asesoramiento gratuito sobre su reclamación.
Una opción que los trabajadores pueden utilizar para recuperar los salarios que su responsable debería haber pagado es presentar una reclamación salarial ante la División de Cumplimiento de las Normas Laborales de California (también conocida como el «Comisionado Laboral») para recuperar los salarios que deberían haber recibido.
También puede acudir a los tribunales para cobrar su salario. El proceso del Comisionado Laboral suele ser más fácil para los trabajadores que no pueden permitirse abogados, y no tiene un máximo a reclamar(si acude al Juzgado de Reclamaciones de Menor Cuantía, el máximo es de 10 000 $. Si su reclamación es superior a 10 000 $, puede presentar una demanda ante el Tribunal Superior).
Para tener más posibilidades de recuperar el dinero que le deben, intente llevar su propio registro escrito de horas trabajadas y conserve cualquier documento (como talonarios de cheques y tarjetas de control horario) que le entregue su responsable.
¿Sancionarán a mi empresario por no pagarme el salario mínimo?
Además de los salarios que le deben, puede pedir una indemnización por daños y perjuicios:
Según la legislación de California, cuando a un empleado se le haya pagado menos del salario mínimo, este puede cobrar dos tipos de daños y perjuicios.En primer lugar, el trabajador puede cobrar la diferencia entre la cantidad que le pagó el empresario y la tarifa acordada como daños reales(si la tarifa acordada era inferior al salario mínimo, el empleado puede cobrar la diferencia entre la cantidad que le pagó el empresario y el salario mínimo como daños reales). En segundo lugar, el empleado puede cobrar la diferencia entre la cantidad que el empresario le pagó y el salario mínimo como «daños liquidados».
Por ejemplo, si un empresario acordó pagar a un trabajador 20 $ la hora, pero le pagó 10 $ la hora, y se aplicó una tarifa salarial mínima de 15 $ la hora, el empleado podría cobrar 10 $ la hora (la diferencia entre la tarifa acordada y la cantidad realmente pagada) en concepto de daños reales. El trabajador puede cobrar otros 5 $ por hora (la diferencia entre el salario mínimo y la cantidad realmente pagada) en concepto de «indemnización por daños y perjuicios».
En caso de no trabajar para el empresario que le pagó de menos, también puede solicitar «sanciones por tiempo de espera»:
La ley de California permite al Comisionado de Trabajo sancionar a un empresario que no haya pagado íntegramente a un empleado cuando renuncia o es despedido.Estas sanciones, que van a parar al empleado, pueden ascender hasta 30 días del salario diario que le correspondía por ley.
Por ejemplo: Anna gana normalmente 16 $ la hora y trabaja 5 horas al día. Anna fue despedida el lunes, 1 de mayo de 2023, y a martes, 1 de agosto de 2023 no ha recibido los salarios que se le adeudan por sus dos últimas semanas de trabajo.
- 16 $ x 5 horas = 80 $ al día
- 80 $ x 30 días = 2400 $ de penalización por tiempo de espera
A Anna le deben 2400 $ además de los salarios que no le pagaron. En este caso, Anna ha estado esperando más de 30 días para cobrar su última nómina, pero las penalizaciones por tiempo de espera se limitan a 30 días.
¿De cuánto tiempo dispongo para presentar una reclamación salarial?
Normalmente, puede presentar una reclamación salarial por cualquier salario impagado de los tres años anteriores a la fecha en que ha presentado la reclamación. A través del Comisionado Laboral, puede cobrar salarios impagados por los trabajos realizados hasta tres años antes de presentar una reclamación.Si acude a los tribunales en lugar de al Comisionado Laboral, es posible que pueda retroceder cuatro años alegando que su responsable infringió las leyes de competencia desleal de California al no pagarle el salario mínimo.