Cómo presentar una denuncia por discriminación

    1. ¿Qué es una denuncia por discriminación?

    Una denuncia por discriminación es una declaración firmada diciendo que un patrón (empleador), sindicato o agencia de empleo ha discriminado en su contra y le pida a una agencia federal o estatal que investigue la discriminación que haya ocurrido.

    2. ¿Quién debe presentar una denuncia por discriminación?

    Si usted es un empleado o persona que solicita empleo y cree que han discriminado en su contra en el trabajo, debe presentar una denuncia por discriminación. Sin embargo, si usted es un “contratista independiente”, posiblemente no pueda presentar una denuncia por discriminación. Vea la Hoja informativa titulada: “Contratista independiente o empleado? ¿Cuál debe ser su clasificación?

    3. ¿Dónde debo presentar una denuncia por discriminación?

    Dónde presentar una denuncia por discriminación depende de la ley que se haya contravenido.
    La Comisión de Igualdad de Oportunidades de Empleo (Equal Employment Opportunity Commission, EEOC, por sus siglas en inglés) es una agencia federal que hace cumplir las leyes de derechos civiles federales en contra de la discriminación en el lugar de trabajo.
    El Departamento de Vivienda y Empleo Justos (Department of Fair Housing and Employment, o DFEH, por sus siglas en inglés) es una agencia del estado de California que hace cumplir las leyes de derechos civiles estatales en contra de la dicriminación en el lugar de trabajo. La DFEH también investiga la discriminación en la vivienda, la discriminación en los negocios, la violencia por odio y la trata de personas, o tráfico humano.

    4. ¿Qué tipos de discriminación investiga la EEOC?

    La EEOC investiga la discriminación con base en:
    • La edad (40 años en adelante)
    • La discapacidad (incluyendo las discapacidades físicas y mentales)
    • La remuneración equitativa
    • La información genética
    • El hostigamiento (incluyendo el hostigamiento sexual)
    • Origen nacional (incluyendo la condición migratoria)
    • El embarazo
    • La raza/El color de la piel
    • La religión
    • Las represalias
    • El sexo/la orientación sexual/la identidad de género

    5. ¿Qué tipos de discriminación investiga el DFEH?

    • La edad (40 años en adelante)
    • La ascendencia
    • La discapacidad (incluyendo las discapacidades físicas y mentales)
    • La remuneración equitativa
    • El género
    • La identidad de género
    • La expresión del género
    • La información genética
    • El hostigamiento (incluyendo el hostigamiento sexual)
    • El estado civil
    • Alguna condición médica
    • La condición como miembro de las fuerzas armadas o como veterano
    • El origen nacional (incluyendo la condición migratoria)
    • El embarazo
    • La raza/el color de la piel
    • Las creencias religiosas
    • Las represalias
    • El sexo
    • La orientación sexual

    6. ¿Por qué debo presentar una denuncia por discriminación?

    En general, usted necesitará presentar una denuncia por discriminación ante la EEOC o el DFEH antes de interponer una demanda por discriminación. La excepción es si su demanda es por discriminación en cuanto al salario equitativo conforme las leyes federales.

    7. Trabajo para un pequeño empresario. ¿Aún puedo presentar un denuncia por discriminación?

    Depende del tamaño de su empleador. Si usted está presentando una denuncia por discriminación ante la EEOC, su empleador debe tener a menos 15 empleados (o 20 trabajadores en casos de discriminación por edad). Si usted presenta una denuncia por discriminación ante el DFEH, su empleador debe tener al menos cinco empleados.
    Si usted presenta un cargo de hostigamiento ante el DFEH, su patrón solo necesita tener un empleado.

    8. ¿Cuál es el plazo para presentar una denuncia por discriminación?

    El plazo para presentar una denuncia por discriminación en California varía dependiendo si presenta la denuncia ante la EEOC o el DFEH. Usted debe presentar su denuncia dentro del plazo o perderá el derecho a demandar a su empleador.
    EEOC: Usted debe presentar su denuncia en un plazo de 300 días a partir del último acto de discriminación.
    DFEH: Usted debe presentar su denuncia dentro del plazo de 3 años a partir del último acto de discriminación.

    9. ¿Cómo presento una denuncia por discriminación?

    Primero, determine si aún se encuentra dentro del plazo para presentar la denuncia. Si usted sigue dentro del plazo, se le pedirá llenar un cuestionario (EEOC) o un formulario inicial (DFEH) en https://calcivilrights.ca.gov/complaintprocess/. Una vez que se llene el cuestionario o formulario inicial, se le dará cita para una entrevista.

    En la entrevista, un miembro del personal le hará preguntas y preparará su denuncia. Recuerde traer cualquier dato que le ayude al miembro del personal a entender mejor su caso. Es importante decir al miembro del personal acerca de todos los tipos de discriminación que usted cree que hayan ocurrido o podría tener problemas con su caso más adelante. Por ejemplo, si usted cree que su patrón discriminó en su contra debido a su género y edad, debe informarle al miembro del personal acerca de ambas cosas.

    10. ¿Puedo presentar una denuncia tanto ante la EEOC como el DFEH?

    Sí. ¿Cuando usted presenta una denuncia ante la DFEH, debe preguntar si la denuncia se presentará simultáneamente ante la EEOC. Cuando usted presenta una denuncia ante la EEOC, debe preguntar si el cargo se presentará simultáneamente ante el DFEH.

    11. ¿Qué pasa después de presentar una denuncia por discriminación?

    Investigación

    Después que la EEOC y el DFEH reciben su denuncia de discriminación, es requisito proporcionar una copia a su empleador. La EEOC y el DFEH luego investigarán su denuncia y solicitaran una respuesta a su empleador respecto a su denuncia por discriminación.

    Mediación

    Tanto la EEOC como el DFEH tienen programas de mediación voluntarios para tratar de resolver su denuncia de discriminación. La mediación es cuando una parte independiente trata de ayudarle a usted y a su patrón a resolver su disputa. La mediación sólo se programa si tanto usted como su empleador están de acuerdo en participar. Ni usted ni su patrón tienen que pagar por la mediación. Si usted no resuelve su denuncia en la mediación, de la EEOC o el DFEH de todas formas investigará su denuncia.

    El dictamen

    La EEOC o el DFEH decidirán si creen que ocurrió la discriminación. En ese momento, la EEOC o el DFEH pueden representarle en una demanda o, más comunmente, usted recibirá una Carta de Derecho a Demandar (Right to Sue Letter).

    12. ¿Qué pasa si quiero interponer una demanda?

    En general, una vez que el DFEH expida una Carta de Derecho a Demandar, usted tiene un año para entablar una demanda. Una vez que el EEOC expida una Carta de Derecho a Demandar, usted tiene 90 días para entablar una demanda. Es importante no dejar que pasen estos plazos, de lo contrario usted podría perder su derecho a entablar una demanda para siempre.

    13. ¿Qué pasa si quiero más información sobre la EEOC o el DFEH?

    Si desea más información sobre la EEOC, puede ir a: www.eeoc.gov o llamar al (800) 669-4000. Si desea más información sobre el DFEH, puede ir a:
    www.dfeh.ca.gov, llamar al: (800) 884-1684 o comunicarse por correo electrónico a: [email protected] Los sitios electrónicos tanto de la EEOC como del DFEH también contienen información acerca de las oficinas estatales que puede visitar para hacer preguntas o entregar el formulario o cuestionario inicial.

Aclaratoria

El propósito de esta hoja es proveerle información general pero exacta con respecto a los derechos legales relacionados con el empleo en California. Pero como las leyes y los procedimientos legales son sujetos a cambios frecuentes y diferentes interpretaciones, el Legal Aid at Work no puede asegurarle que la información en esta hoja está actualizada ni hacerse responsable por cualquier uso que se le pueda dar. No se atenga a esta información sin consultar un abogado o la agencia apropiada sobre sus derechos legales en su situación particular.